Este blog de Govert Westerveld, uno de los dos cronistas oficiales de la villa de Blanca (Murcia) describe la historia del Morisco Ricote, figura literaria del gran Miguel Cervantes de Saavedra. (blog for educational purposes).

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    Desde aquí se divisa un hermoso paisaje donde se puede ver el río atravesando por medio de las montañas, fluyendo por la gravedad y con aparente calma. This theme is Bloggerized by Lasantha Bandara - Premiumbloggertemplates.com.

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    Embalse de Blanca o Azud de Ojós. En este embalse podemos podemos pescar varias especies, destacando: barbos, carpas, alburnos y black-bass. This theme is Bloggerized by Lasantha Bandara - Premiumbloggertemplates.com.

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  • Blanca tiene unas preciosas coniferas

    Las coníferas no solo son los árboles y arbustos más antiguos de la Naturaleza sino, también, una de las familias botánicas más extensas que existen. This theme is Bloggerized by Lasantha Bandara - Premiumbloggertemplates.com.

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    Montañas verdes, llenas de árboles que antiguamente sirvieron de madera para la construcción de barcos. This theme is Bloggerized by Lasantha Bandara - Premiumbloggertemplates.com.

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    La fortificación de Blanca es un testigo silencioso de su gran historia y remonta sus orígenes a época islámica, cuando se construye una estructura fortificada sobre la llamada Peña Negra. This theme is Bloggerized by Lasantha Bandara - Premiumbloggertemplates.com.

  • Palmeras no faltan en el paisaje de Blanca

    Las palmeras siempre están solas, aunque haya muchas juntas. No son como los pinos, que se enredan, se tocan. Las palmeras son altísimas y delgadas unas; anchas y más bajitas, otras. This theme is Bloggerized by Lasantha Bandara - Premiumbloggertemplates.com.

viernes, 14 de agosto de 2015

Las acusaciones falsas de los fanáticos religiosos y la situación real en el Valle de Ricote


El Padre Pedro Aznar Cardona [1] escribió un libro titulado Expulsión justificada de los moriscos españoles, publicado en Huesca en 1612. Un libro así era una joya para los inquisidores, pero veremos a continuación que en este texto hay muchas exageraciones y maldades, si comparamos los textos con la vida real en el Valle de Ricote. Entre otras cosas decía este autor:

.... eran una gente vilissima, descuiydada, enemiga de las letras y ciencias ilustres... y por consiguiente agena a todo trato urbano, cortés y político. Criavan sus hijos cerriles como bestias, sin ensenaza racional y doctrina de salud, excepto la forcosa...
....Eran brutos en sus comidas, comiendo siempre en tierra (como quienes eran) sin mesa, sin otro aparejo que oliesse a personas, durmiendo de la misma manera, en el suelo, en transpontines, almadravas que ellos dezian, en los escaños de sus cozinas, o aposentillos cerca de ellas, para estar mas promptos a sus torpezas, y a levantar a cahorar y refocilarse todas las oras que se despertavan. Comían cosas viles... como son fresas de diversas harinas de legumbres, lentejas, panizo, habas, mijo, y pan de lo mismo. Con este pan los que podian, juntavan, pasas, higos, miel, arrope, leche y frutas a su tiempo... por esso gastavan poco, assi en el comer como en el vestir, aunque tenian harto que pagar, de tributos a los Señores.
....Eran muy amigos de burlerías, cuentos, berlandinas y sobre todo amicissimos (y assi tenian comunmente gaytas, so¬najas, adufes) de baylas, danças, solazes, cantarzillos, alvadas, passeos de huertas y de fuentes, y de todos los entretenimientos bestiales en que con descompuesto bullicio y gritería, suelen yr los moros villanos vozinglando por las calles. Vanagloriavanse de baylones, jugadores de pelota y de la estornija, tiradores de bola y del canto, y corredores de toros, y de otros hechos semejantes de gañanes. Eran dados a officios de poco trabajo, texedores, sastres sogueros, esparteñeros, olleros, çapateros, albeytares, colchoneros, hortelanos, recueros, y revendedores de azeyte, pescado, miel, pasas, açucar, lienços, huevos, gallinas, çapatillos y cosas de lana para los niños; y al fin tenian oil dos que pedían asistencia en casa y davan lugar para yr discurriendo por los lugares y registrando cuanto passava de paz y de guerra, por lo qual se estavan ordinariamente ociosos, vagabundos, echados al sol el invierno con su botija al lado, y en sus porches el verano... pero pocos y bien pocos delios tenian oficios que tratasen en metal, o en yerro, o en piedras ni maderos, excepto que tenian algunos herradores procurados para su común, por el grande amor que tenian a sus respectados machos, y por huyr de tener contratación con los Christianos, por el odio que nos tenian. En el menester de las armas, eran visoñisimos, parte porque avia años que les estavan vedadas el poco uso inhabilita... parte porque eran cobardes y affeminados, como lo pedía el flaco empleo de su vida y el affeminado modo de criar-se, y como dizen de los malos que siempre andan agavillados temblando de temor sin fundamento... Assi estos pusilánimes nunca andavan solos por los caminos ni por los términos de sus propios lugares, sino a camaradas. Sus altercaciones aunque fuessen de cosa momentánea, las ventilavan siempre a gritos a vozes desmesuradas... Eran entregadísimos sobremanera al vicio de la carne... De aquí nacieron muchos males y perseve rancias largas de pecados en cristianos viejos, y muchos dolores de cabeça y pesadumbres para sus mugeres, por ver sus maridos o hermanos, o deudos ciegamente amigados con moriscas desalmadas que lo tenían por lícito...
....Casaban sus hijos de muy tierna edad, pareciéndoles que era sobrado tener la hembra onze años y el varón doze, para casarse. Entre ellos no se fatigaban mucho de la dote, porque comunmente (excepto los ricos) con una cama de ropa, y diez libras de dinero se tenían por muy contentos y próspetos. Su intento era crecer y multiplicarse en número como las malas hierbas, y verdaderamente, que se avían dado tan buena mano en España que ya no cabían en sus barrios ni lugares, antes ocupavan lo restante y lo contaminavan todo...
....Y multiplicávanse por extremo, porque ninguno dexava de contraher matrimonio, y porque ninguno seguía el estado annexo a esterilidad de generación carnal, poniéndose frayle, ni clérigo, ni monja, ni avía continente alguno entre ellos hombre ni muger... Todos se casavan, pobres y ricos, sanos y coxos... Y lo peor era que algunos christianos viejos... se casavan con moriscas, y maculavan lo poco limpio de su linaje...”.


 
 Sánchez hablando con su vecino Ricote


No cabe duda de que con clérigos como Bleda y Pedro Aznar Cardona, los moriscos no fueron precisamente bien defendidos. Se nota, y esto es muy extraño en estos defensores de la iglesia, que deberían predicar “Dios es amor”, un gran odio hacia los moriscos. Entonces si contamos solamente con informes de estos teólogos, sin haber oído informes de la otra parte, tales informes nunca pueden ser neutrales y deben estar llenos de errores. Además el pueblo no odiaba tanto a los moriscos. El decreto fue obra de unos pocos y nunca contó con las simpatías del Papa Pablo V y el apoyo del resto de la población. Peor aún, el pueblo estaba a favor de la permanencia de los moriscos y en el día de su destierro los cristianos se unen en el dolor con los desgraciados moriscos, según nos hace saber Pedro de Valencia [2].

Volviendo a la consideración de la Justicia, como se puede justificar con Dios, ni con los hombres, ni qué corazón cristiano había de haber que sufriese ver en los campos y en las playas, una tan grande muchedumbre de hombres y mugeres bauptizados y que diesen vozes a Dios y al mundo, que eran cristianos, y lo querían ser, y les quitaban sus hijos, y haciendas por avaricia y por odio, sin oírlos, ni estar con ellos a juicio, y los enviaban a que se tornasen moros. Que esto hacía el maior Rey de le Mundo, el únicamente Católico, y verdaderamente cristiano, sin por avaricia, a lo menos por cobardía, de miedo de hombres rendidos y desarmados, y sus basallos, que los tenía en medio de su Reyno en sus manos, y a su voluntad.

Eran las máximas autoridades de la iglesia y política que estaban calentando el ambiente. Ya sabemos que los gobernantes, antes de la guerra, suelen enseñar a la población a odiar a otra nación o régimen político, y que las ovejas ciegamente aceptan todo lo que dice el lobo, pero no hay que caer en la trampa. Ellos solamente quieren el poder y las pobres ovejas pagan siempre el plato roto.  Algo así pasó también en el siglo XVI. Nunca fueron llamados moriscos los vecinos del Valle de Ricote, pero a causa de la máquina propagandística del duque de Lerma, poco a poco se supo envenenar a la población murciana, de tal forma que los mismos murcianos, antes muy fieles al Valle de Ricote, poco a poco comenzaron a hablar de los moriscos del Valle de Ricote. No solamente esto, incluso años después de la expulsión, hasta los mismos habitantes del Valle de Ricote, de origen musulmán, convertidos en fieles ovejas, hablaban de sus antepasados, los moriscos. Era el lenguaje del vencedor, un lenguaje siempre muy peligroso e injusto. Un ejemplo en este sentido tenemos en María Cachopo, viuda de Martín de Molina. Era una mujer inteligente y viendo el problema de la expulsión se casó en 1611 con Pedro Vera, de Madrid, hombre influyente y años más tarde encargado por el Rey de las propiedades de los moriscos expelidos de Blanca. Dos años antes se había casado su hija, María de Molina Cachopo, con el escribano de Murcia, Juan Tomás Cordiola, el cual sería asesinado [3] por los blanqueños en 1617. Así se introdujo el término “morisco” en Blanca y en el Valle de Ricote y se consiguió hablar de moriscos expulsados como algo muy funesto.

Sabemos que Fray Diego de Mardones encargó al abogado y humanista Pedro de Valencia (1555-1620), vecino de Zafra, un informe sobre la cuestión morisca, cuyo manuscrito se ha publicado hace unos años [4] y que debe haber sido escrito antes del año 1606, puesto que el escrito de Valencia, de casi 160 folios, va precedido de una carta al confesor del Rey Felipe III, Diego de Mardones, fechada el 25 de enero de 1606, enviándosele. En este se trata sobre la mayor fecundidad de los moriscos en comparación con los cristianos viejos. Entre muchos consejos, Valencia sugiere rechazar todo tipo de fuerza en el trato con los moriscos, pero obligarles enseñar la doctrina católica de forma amable y no expulsarles [5]:

Conviene que, esparcidos, se trate con amor y caridad, que vean ellos que les queremos bien, para que se fién de nosotros; los que fuesen naciendo de matrimonios de cristianos y moriscos, no sean tratados ni tenidos por moriscos; que a los unos ni a los otros no los afrontemos ni despreciemos. Así procurarán mezclarse con cristianos viejos, y lo alcanzarán y preciarán de cristianos y de honrados. [....] Sean compelidos con penas a dejar de usar las ceremonias, trajes y costumbres de moros, con tal que esta compulsión haya de ser mansa, no rigorosa, pero ordinaria y sin intermisión, no hecha por el Tribunal de el Santo oficio de la Inquisición, porque con el proceder tan exacto se obstinan.

Esta visión de Pedro de Valencia era similar a lo que predicaba Hernando de Talavera en el tiempo de los Reyes Católicos en Granada y parecía en nada a las recomendaciones del fanático fraile Jaime Bleda y el inhumano Obispo de Segorbe, Martín de Salvatierra. Bleda quiso exterminarlos o expulsarlos por su alta tradición al rey, mientras el Obispo de Segorbe quiso acabar la raza, recomendando mutilarlos o castrarlos “capando los másculos grandes y pequeños y las mujeres”. Pedro de Valencia quiso integrar a los moriscos e incluso recomendó que los moriscos se casaran con los cristianos viejos: «los matrimonios libres han de ser y no se les puede prohibir, y antes ha muchos años que se desea que los moriscos se mezclen así».

También Miguel de Cervantes [6] en el “Coloquio de los Perros”, Damian de Fonseca [7] en su “Justa expulsión de los moriscos de España” y Pedro Aznar Cardona [8] en su “Expulsión justificada de los moriscos españoles y suma de las excelencias de nuestro rey don Felipe el Católico Tercero deste nombre”, escrito en 1612, subrayaron con evidente unanimidad la fecundidad morisca. Tampoco el fanático fraile Jaime Bleda se quedó detrás e insistió en que los moriscos no eran afectados por el celibato eclesiástico, todos se casan y tampoco emigran a Indias ni se alistaban en el ejército [9].

La idea no era nueva, ya en 1573 advertía el sacerdote morisco Francisco de Torrijos a Felipe II, en su memorial, de la mayor fertilidad de los moriscos [10], “gente vividora”, que se duplicaría en menos de una generación y que era partidario de acabar con los moriscos.  Sin embargo, el rey, prudente, descartó la expulsión. La fama de prolíficos de los moriscos constaba también en las visitas pastorales de ciertos obispos, entre ellos el obispo de Orihuela, Don José Esteve Juan [11]. Incluso Braudel [12] confirmaba que los moriscos, en general, eran prolíficos. En el matrimonio, según la tradición musulmana, la preservación de la virginidad prematrimonial de la muchacha era una costumbre y también era normal que ellas se casaran jóvenes, pero los matrimonios muy prematuros tropezaban con la Inquisición.

En los capítulos sobre Ricote se nota la superioridad cristiana y una actitud de discriminación étnica [13], algo que Cervantes refleja de manera brillante en su relato. Defiende éste la medida de la expulsión y la forma de pensar cristiana en el siglo XVI, a la vez que supo ofrecer al lector  una visión de la españolidad del morisco y la nostalgia que éste sentía por la patria perdida. En este sentido observa Johnson [14], que “Ricote es tan español como Sancho, y su vuelta a España, a riesgo de  su vida, se debe, al menos en parte, a su amor a la patria en la que ya no puede vivir”.

El fanático fraile, Jaime Bleda, después de dejar claro que el padre Fonseca se sirvió de sus trabajos y que se vistió de plumas ajenas se refiere a los casamientos de unos moriscos al principio de la expulsión [15]:

Que dejaban las mujeres viejas, o feas, que tenían, y se casaban con otras más mozas y más hermosas, y algunos se casaban con primas hermanas, y aun con hermanas. Y muchos tomaron dos y tres mujeres según la licencia de Mahoma. Francisco Gerónimo Ramo, caballero Valenciano, natural de la villa de Morviedro, me refirió, que vio por sus ojos, que un moriscos llamado Pancheta, natural de Gilet, lugar vecino a la dicha villa, se casó con dos hermanas, hijas de Juan Valenci, natural del mismo lugar. Y en lo de Alicante se caso uno con su propia hija.

En una de las obras más antimorisca de la época, el Padre Aznar Cardona expresa su juicio con palabras crudas y violentas sobre las costumbres moriscas [16]:

Y multiplicabanse por extremo, porque ninguno dejaba de contraer matrimonio, y porque ninguno seguía el estado anexo a esterilidad de generación carnal, poniéndose fraile, ni monja, ni había continente alguno entre ellos hombre ni mujer, señal clara de su aborrecimiento con la vida honesta y casta. Todos se casaban, pobres y ricos, sanos y cojos, no reparando como los cristianos viejos, que si un padre de familia tiene cinco o seis hijos, con casar de ellos el primero, o la mayor de ellas se contentan, procurando que los otros sean clérigos, o monjas, o frailes, o soldados, o tomen estado de beatas y continencia.



Notas

[1] AZNAR CARDONA, Padre Pedro.  (1612). Expulsión justificada de los moriscos españoles, Huesca.
[2] VALENCIA, Pedro de   (1615). Tratado acerca de los moriscos, manuscrito 7845 (Biblioteca Nacional de Madrid). Pág. 22v. Citado por MARTÍNEZ, FRANÇOIS (2000). Tolerantes e intolerantes: intento de estructuración discursiva en torno a la expulsión de los moriscos (1609).  VII International Congress of Sociocriticism, in Chapala, Mexico. En: Sincronia, winter 2000.  Hay una edición moderna: VALENCIA, Pedro de (1997). Tratado acerca de los moriscos de España: (manuscrito del siglo XVII) / Pedro de Valencia; estudio preliminar de Joaquín Gil Sanjuán.  Pág. 112
[3]  Poder que otorga María de Molina, vecina de Blanca, a  Pedro de Vera, vecino de la misma, para que ante la justicia real y ante el Conde de Salazar, encargado de la expulsión de los moriscos, pueda hacer todos los actos jurídicos tendentes a averiguar el asesinato de Juan Tomás Coriola, su marido. 1617, diciembre, 17. Blanca. (A.H.P.M., Protocolo nº 9399, fols. 19-21v.)
[4]  VALENCIA, Pedro de  (1605-6). Tratado acerca de los moriscos. Biblioteca Nacional, mss 8888 (en mi poder), págs 3-160.  (Otros dicen mss. 7845).
VALENCIA, Pedro de (1997) Tratado acerca de los moriscos de España : (manuscrito del siglo XVII) / Pedro de Valencia; estudio preliminar de Joaquín Gil Sanjuán, Málaga.
[5] ALCALÁ, Ángel (2004). El humanista y cronista real Pedro de Valencia. En: Siglos Dorados. Homenaje a Augustín Redondo, Tomo I. Coordinación Pierre Civil. Editorial Castalia. Págs. 1-14. Cita en págs. 6-7
[6]  CERVANTES, Miguel de  (1912). El casamiento engañoso y el coloquio de los perros, edición de A.G. de Amezúa, Madrid.
[7]  FONSECA, Damian de  (1612). Justa expulsión de los moriscos de España. Roma.
[8]  AZNAR CARDONA, Pedro  (1612). Expulsión justificada de los moriscos españoles y suma de las excellencias de nuestro rey  don Felipe el Católico Tercero deste nombre, Huesca. Pedro Cabarte, 2 partes, págs. 36-37: 
[9]  BLEDA, Jaime  (1610). Defensio fidei in causa nephytoroum sive Morischorum Regni Valentiae....., Valencia.
[10] Archivo General de Simancas, Cámara de Castilla, leg. 2178, s.f.  Carta del licenciado Torrijos al rey  sobre los testimonios contra él levantados por el Consejo de Población de Granada. Memorial al rey avisando del peligro y de los medios para  extinguirlos. 1573, agosto, 29. Madrid. Más sobre el ambiguo papel de este sacerdote morisco en: Chronica Nova, 23, 1996, 465-492.
CASTILLO FERNÁNDEZ, Javier. El sacerdote morisco Francisco de Torrijos: Un testigo de excepción en la rebellión de las alpujarras.
[11] EPALZA, Mikel de  (1994). Los moriscos antes y después de la expulsión. Madrid. Pág. 63.  Ver M. Martínez Valls, <<Semblanza del obispo de Orihuela Don José Esteve Juan (1551-1603) y sus relaciones ad limina>>, Anthologica annua, Roma, Págs. 26-27, 1979-1980, págs. 555-612.
[12] BRAUDEL, F. (1976). El Mediterráneo y el mundo mediterráneo en la época de Felipe II, México, F.C.E., 2ª edición española.
[13] CORBALAN, Ana (2005). Entre la aversión y el deseo: Aproximación a la mirada del otro en las páginas de Don Quijote. En: Letras Hispanas. Revista de Literatura y Cultura, Volume 2, Issue 2, págs. 75-85. Cita en pág. 75
[14] JOHNSON, Carroll (1988). Ortodoxia y anticapitalismo en el siglo XVII: el caso del morisco Ricote. En: Hispanic Studies in Honor of Joseph H. Silverman, ed. J.V. Ricapito, Juan de la Cuesta, Newark, págs. 285-296. Cita en pág. 287
[15] BLEDA, Jaime  (1618). Corónica de la historia de España, pág.  950
[16] AZNAR CARDONA, Pedro (1612). Expulsión justificada de los moriscos españoles y suma de las excellencias de nuestro rey don Felipe el Católico Tercero deste nombre, Huesca. II, f.37.



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domingo, 9 de agosto de 2015

Tramites urgentes, bodas y donaciones en el puerto de Cartagena

Los moriscos del valle de Ricote, y por lo tanto los de Blanca, entraron en Cartagena el 17 y 18 de diciembre, según informaba el Conde de Salazar al Rey el día 20 y manifestaba que acababan de embarcar a los del Valle. Habían quitado las armas a los moriscos del Valle antes de salir de su pueblo y cuando los moriscos estaban a punto de embarcar en Cartagena, el conde se quedó con las armas de fuego y devolvió las espadas a los que las pidieron para su seguridad. Se quejaba el conde de que en los lugares donde todavía el bando de expulsión no se había notificado se iba mucha gente y se divorciaban otros; los hombres se metían a frailes y las mujeres a monjas, y daban sus haciendas a los conventos. Otros se podían quedar por sus propinas a los conventos. Como los frailes habían persuadido a aquellos de tomar este camino —y uno no puede creer lo que han hecho los frailes en defensa de los moriscos—  Salazar sugiere al rey remediar este abuso de los frailes. Tampoco hablaba muy bien Salazar de la ciudad de Murcia, la cual, según él, procedía con mucha blandura a la ejecución de los bandos y sugiere al Rey mandarle a enviar una carta muy apretada para el corregidor de Murcia [1]. Esta afirmación del conde implica que la ciudad de Murcia no estaba muy contenta con el bando de expulsión y que su colaboración era más bien papel mojado. En realidad muchas autoridades murcianas cerraron los ojos o miraban a otro lado.

Embarque de moriscos, pintado en 1616 por Pere Oromig
Más de un morisco del Valle de Ricote intentaba demorar la venta de sus bienes, con el fin de quedarse más tiempo en su querida tierra, pero el conde era implacable y forzaba con gran rigor a los moriscos a salir del Valle en el tiempo previsto. Todo estaba muy bien planificado por él y para no perjudicarlos a ellos hubo una Real Cédula, del 12 de diciembre, que daba permiso a los moriscos de vender las propiedades, a través de sus apoderados, fuera del plazo de 10 días marcados [2].

Seguramente tuvo el conde de Salazar informes de que no todos los moriscos se habían presentado voluntariamente al destierro y había más de uno que faltaba. Por eso hizo publicar otro bando el día 18 de diciembre, para convencer aún a los que faltaban por registrarse. Decía el bando que todos los moriscos que no se habían presentado se podían aún presentar dentro de 10 días, a partir de la publicación del nuevo bando, sin incurrir en pena alguna [3].

Como hemos indicado anteriormente, los moriscos de Blanca estaban en el puerto de Cartagena el 17 ó 18 de diciembre y seguramente algunos de ellos todavía intentaban efectuar escrituras. Desgraciadamente Blanca no dispone de escrituras de venta y solamente hemos visto dos escrituras de donaciones a unas hijas, las que trataremos más adelante. La salida de tan gran cantidad de moriscos dejaba prácticamente a los pueblos sin vecinos y fue así que el día 22 de diciembre de 1613, fray Antonio Soriano, religioso del hábito de San Juan, de la parroquia de Archena, pidió ayuda económica al Príncipe Filiberto, en Cartagena, porque sin vecinos dicho cura no tenía con que sustentarse. Sugiere el cura que se le den las casas y haciendas que los moriscos han dejado hasta que el lugar se vuelve a poblar otra vez [4].

Lisón nos hace saber que en Cartagena se encontraban las galeras reales al mando de S.A. el Serenísimo Príncipe Filiberto de Saboya, Gran Prior de Castilla y León y Generalísimo de la Mar, al menos desde el día 18 de diciembre, dando poderes a don Bernardino González de Avellaneda, Conde de Castrillo y su camarero, para cobrar 12.000 ducados [5]. Un ejemplo de cómo podía haber sido la relación de dichas galeras lo damos a continuación [6]:

Relación de la tripulación de las 6 galeras reales.

Galera:                    Oficiales    Ayudantes    Marineros    Proeles         En todo
Santa Elena                 16                15                   21              7                 59
Bassana                       17                16                   19              7                 59
Santo Angel                15                  8                   19            10                 52
Fortuna                       15                  7                    23              6                51
San Raymundo           16                13                    24              9                62
Santa Catalina            17                  9                    20              8                54
Total                           96                68                  126            47              337

Pero también encontramos en Cartagena otros navíos para el transporte de los moriscos. Curioso es el hecho de que el capitán Federico Fron, capitán de “El Sol”,  protestaba de haber tenido a bordo, durante varios días, a los moriscos, con sus correspondientes provisiones y que más tarde habían bajado a dichos moriscos.


Gente de remo en las galeras

Gente de Remo en las Galeras:    Forzadas          Esclavos  
Santa Elena                                      159                      39  
Bassana                                            165                      39  
Santo Angel                                     175                      32  
Fortuna                                            155                      33  
San Raymundo                                161                      38  
Santa Catalina                                 159                      39  
Total                                                939                    224  



Gente de remo en las galeras

Gente de Remo en las Galeras:    Bonarbollas    En todo                       
Santa Elena                                         53                     291
Bassana                                               50                     254
Santo Angel                                        38                     245
Fortuna                                               56                     248
San Raymundo                                   53                     257
Santa Catalina                                    59                     252
Total                                                 309                   1502

Reclamaba el capitán, por tanto, a través de un apoderado, daños y perjuicios [7]. Era un síntoma de que los embarques no salieron tan bien como los tenían previstos y que los moriscos buscaban cualquier pretexto para escaparse judicialmente al destierro. Debería ser así, porque seguimos encontrando al menos 8 matrimonios entre cristianos y moriscos, en Blanca, entre el 25 de diciembre de 1613 y 15 de febrero de 1614. No tenemos muchas referencias de ellos.

Otros navíos en Cartagena para la expulsión de los moriscos [8].
Otros navíos                                     Moriscos de:                     Destino


Ravene  

Nuestra Señora de Rosario
  
Señor  Sant Esteban
(capitán Juan Francisco Dondo)        Abarán-Ricote                   Nápoles

Unicornio  

El Sol  
(capitán Frederick Froncker)


Este Conde de Salazar no perdía el tiempo con la expulsión de los moriscos, pero vemos también que era un hombre con misericordia y que se mostraba a favor de la permanencia de los moriscos, en el caso de que ellos pudieran demostrar su limpieza. Diane Williams [9] lo confirma en similares términos:

Ricote’s admonition that the Count of Salazar cannot be bought with favors would seem to give credence to those who today claim that Salazar was unyielding in the face of Morisco supplicantes (Márquez Villanueva [10], “El morisco Ricote” 334; Güntert [11] 90). Recent historical studies and the documents at Simancas show otherwise. Salazar indeed respected the approved ynformaciones of hundreds and perhaps thousands of Morisco supplicantes; we know that many more Moriscos remained in Spain than had been estimated previously (Lapeyre [12] 259; Pezzi [13] 28; Vicent [14] 229-30).

Durante muchísimos años el tema de la tragedia de la expulsión estaba en boca de todos y en el testamento de Ginés de Castillo [15], del año 1676, observamos eso. Ginés de Castillo se casó en el tiempo de la expulsión con María de Balboa, hija de Catalina Aroca. Lo malo de esta situación era que Catalina de Aroca no pudo liberarse de la expulsión en Blanca y tuvo que vender sus bienes deprisa. En el último momento, en el puerto de Cartagena y probablemente con ayuda de ciertas personas influyentes, pudo justo a tiempo demostrar su limpieza, lo que le salvó a ella y a su hija de la expulsión. A continuación ella y su hija retornaron a Blanca y acto seguido, el 15 de febrero de 1614, se casó María de Balboa con Ginés de Castilla [16] y no hallaron ya en su casa, vendida anteriormente, trastos ni cama en que dormir.

.............Declaro que yo me casé en primeras nuncias con María Balboa, y que con el rigor de la espulsión, fueron lleuadas a Cartagena ella y su madre, Catalina de Aroca. Y que abiendo probado su linpieza ante el Conde de Salaçar, les dio por libres de la espulsión a ellas y a todo su linaxe. Y abiendo benido a su casa no allaron un trasto ni cama en qué dormir. Tanto que quando me desposé con ella trugeron vn colchón prestado para que yo durmiese de casa de Mari Dato [17], madre de Diego Garçía.

Otra morisca blanqueña que tuvo suerte fue Ana Pérez Serrano, que en el último momento [18], gracias a la  intervención de su madre Catalina Serrano, pudo casarse  en el puerto de Cartagena con Juan Antonio, un cristiano de Valencia. Diecinueve años después pidió la devolución de sus bienes [19].

En el puerto de Cartagena se casaron varias moriscas blanqueñas, pero solamente hemos hallado dos escrituras de donaciones por parte de los padres que tuvieron que salir. Se trata de María Candel Rodríguez, que se casó el 19 de diciembre con Bernabé Sánchez Martínez, hijo de Pedro Sánchez Toribia y vecino de Tobarra; y el mismo día también se casó la blanqueña María de Vega Rodríguez con Juan Yañez Bellote, hijo de Francisco Hernández Bellote y de Juana Cutillas, vecinos de la villa de Tovarra. A continuación mostramos dichas donaciones.

19.12.1613
Escritura de donacion, antes de la expulsión por parte de Diego Candel y Catalina Rodriguez [20].
Sepan quantos la presente escritura vieren como nos Diego Candel y Catalina Rodriguez su muger vezinos y naturales que somos de la villa de Blanca en el Valle de Ricote estanse al presente en esta ciudad de Cartagena y para enbarcarnos y salir destos Reinos en cumplimiento del Real mandato de su Magestad que mando que seamos expelidos dellos con los demas del dicho valle e yo la dicha Catalina Rodriguez con licencia que pdo a el dicho mi marido para que juntamente con el hago yo inpuesta escritura la qual yo el dicho Diego Candel concedo a la dicha mi muger para el hefecto que por ella me es pedido y della ussandonos los dichos marido y muger por lo que a cada uno de nos toca y de mancomun y a boz de uno y cada uno de nos de por si y por el todo rremn.do como para esto rremmos las leyes de la mancomunidad y la direccion y de cursinon de bienes como en ellas y en cada una que en ellas se contiene otorgamos y conoscemos e dezimos y por quanto de virtud de la permision que el Rey nuestro señor a concedido a las mugeres de nuestra nacion se casaren con cristianos viejos = avemos tratado y convertado que Maria Candel, nuestra hija, se case a onra de Dios nuestro Señor y de su bendita madre y en haz de la Santa madre Iglesia católica Apostólica y Romana con Bernave Sanchez Torubia, hijo de Pedro Sanchez Toribia su padre vezio de la villa de Tovarra con tal condizion que para ello le avemos de hazer gracia y donacion a la dicha Maria Candel, nuestra hija, de todos los bienes raizes que tenemos en la dicha villa de Blanca y sembrado de trigo y cevada que estan pendientes y para que tenga cumplido hefecto matrimonio y el dicho Bernave Sanchez se case con la dicha nuestra hixa = Por el tenor de la pressente dezimos que hazemos gracia y donacion para perfetta acarriada ynrebocable  de los que el derecho llama entre libros el dicho Bernave Sanchez Torubia y a la dicha nuestra hija para que se casen como esta dicho de todos nuestros bienes raizes y sembrados que tenemos en la dicha villa de Blanca y su terreno con todos los sembrados de trigo y cevada que estan pendientes en esta manera.
    Lo primero una casa de morada en la dicha villa que alinda con el azequia del agua della y la mitad de otra casa que alinda con la casa vieja que era de Martin Candel, padre de mi el dicho Diego Candel que esta alli junto y a las espaldas de la dicha cara esta una morera con un solar y a la puerta principal esta una parra ya asi mismo de un gueto que esta mas abaxo de la dicha cassa de limoneros y moreras y otros arboles que alinda con Joan de Molina y a la otra parte con Pedro de Pineda, cirujano y Pedro de Ayala y de un pedazo de moreral de moreras nuevas que seran diez y ocho a diez y nueve que esta camino del calvario que alinda con el guerto del beneficiario del dicho lugar y de otra pedazo de moreral que esta camino de Oxos y que tendra ocho tahullas de tierra poco mas o menos el qual al presente esta sembrado de cevada el qual dicho simientero se lo damos tambien y ansi mismo les damos en el paso que llaman de Bayna en quatro partes un guerto que por la parte de abaxo y de arriba alinda con Diego Tomas y a otro lado con Juan Marin y el camino y otro pedazo de guerto que alinda con Joan de Arroniz por la parte de arriba y a la parte de abaxo con el rio y a los lados con Martin Candel e Ysabel Candel, ermanos de mi el dicho Diego Candel y de otro pedazo de tierra que la particion con los herederos de Molina que tiene unas higueras y al lado con hazienda de Juan Marin y de otro pedazo de guerto con un palacio a la parte de arriba que alinda por la parte de abaxo con Pedro Marin y al otro lado con Gines de la Torre y en el paso del campilo en ese año de una fanega de tierra que tiene unas siegas en medio el bancal y alinda con Martin de Molina por la parte de arriba y en el paso del Saque de otro pedazo de tierra de fanega y media que alinda con moreras de Martin de Molina y por la otra parte del camino que ba a la sierra y de una bancal largo y otras dos fanegas de iterra en el paso del Llonque que alindan con Hernando Rodriguez y ai un lentisco la cual esta en tres partes y de otros dos pedazos de tierra que estan en el paso de los Pinares junto al pino de Vicente que es uno de lo que esta mas abaxo del pino alinda con Gines de Molina Cachopo y esta entre tres partes y e otro esta a la perte de arriba y esta al presente en un sembrado de cevada y de otro pedazo de tierra en el propio paso que esta sembrado de trigo y en dos fanegas que alindan con Juan Bazquez y tiene un lentisco en el margen y de un pedazo de moreral que es una cañada que sera de fanega y media de tierra que esta mas abaxo que se llama el paso de caprel que tiene quinze moreras y esta sembrada de cevada que por la parte de abaxo alinda con Gines de Molina Cachopo y de otro pedazo de tierra de cinco fanegas de tierra alli cerca de otras varias fanegas de sembradura que alinda con una casa pequeña que tiene Diego Tomas y a la parte de abaxo con moreras de Francisco Rodriguez en el paso de las Partosa en seis pedazos de tierra que tendra diez fanegas de sembradura en el paso de Camonal con tres fanegas de tierra de sembradura de todos los quales dichos bienes y sembrados les hazemos la dicha donacion para que como dicho el se case y dexen luego a la ora ... como de cosa suya propia y hagan dello a su boluntad como sin ... fuesemos muertos y pasados desta presente vida pues por el dicho mandato real de su Magestad salimos destos sus reinos y señorios a quien suplimos virilmente y a todas las demas personas que en su real nombre puedan y devan hazer sea servido de ratificarles esta y donacion pues nosotros lo hazemos con celo de servicio de Dios, nuestro señor, y de su Magestad para que la dicha nuestra hija se case con cristiano viejo y este en estos reinos y sea vasallo de su Magestad y no permita que el dicho casamiento se dexe de hazer por falta de no les dar los dichos bienes que nosotros demuestra desde luego nosotros desistimos quitamos y aportamos del ... corporal tenencia y posesion que a los dichos bienes  nos podia e devia pertenecer y todo ello  lo demas renunciamos y traspasamos en los dichos Bernave Sanchez Toruvia y la dicha Maria Candel y les damos poder cumplido en su causa y fecha propia para que puedan tomar y aprehender la sentencia y posesion de todos los dichos bienes y sembrados arriba dichos y e el ymperio que la tomamos nosotros y constituimos por sus inquilinos tenedores y poseedores por ellos y en su nombre y nos obligamos de no rebocar esta donacion por ninguna causa ni razon que sea y si la rebocaremos no valga tal rebocacion= y para que asi lo cumpliremos e pagaremos y obligamos nuestras peronas y bienes en forma y damos poder a la justicias de su Magestad para que ello nos apremien como si todo les fuese sentencia pagada en cosa juzgada sobre lo qual renuncio todas y qualesquier ley de fueros y derechos de nuestro favor y la genera y derechos della y juramos a Dios nuestro Señor y a una señal de cruz en forma de derecho que esta donación no la hazemos malicionamente ni contiene en si doble alguno sino tan solamente para que aya cumplido hefecto el dicho matrimonio y se sirva a Dios, nuestro señor, y a su Magestad con ello en testimonio de lo cual otorgamos esta carta de donacion ante el escrivano publico y testigos de susoescritos que fue  hecho y otorgado en la dicha ciudad de Cartagena en diez y nueve dias del mes de diziembre de mil y seiscientos y treze años siendo testigos Diego Velazquez y Leandro Rodriguez, vecinos desta ciudad de Cartagena, y Anton de Vega y Diego Salar, Juan de la Torre, vezinos y naturales del dicho lugar de Blanca que los tres juraron a Dios nuestro Señor y a una señal de cruz en forma de derecho conocer a los otorgantes y seres contenidos en esta escritura y el dicho Diego Candel lo firmo de su nombre y por la dicha Catalina Candel, su muger, un testigo.
Diego Candel, Diego de Velazquez
Ante mi: Francisco Ortega de Carrion, escribano publico.


19.12.1613
Escritura de donacion, antes de la expulsión por parte de Maria Rodriguez, viuda de Juan de Vega [21]

Sepan quantos la presente escritura vieren como yo Maria Rodriguez, biuda de Juan de Vega vezino y natural que soy de la villa de Blanca en el Valle de Ricote estando al presente en esta ziudad de Cartagena y para embarcarme y salir fuera de destos reios en cumplimiento del real mandato de su Magestad que mando sea expelida dellos con los demas del dicho valle y otorgo  e digo que por quanto en virtud de a permision que el Rey nuestro señor a concedido a las mugeres que de nuestra nacion se casaren con cristianos biejos yo e atado y concertada por Maria de Vega, mi hija, y el dicho mi marido se casare a servicio de Dios, nuestro Señor y de a gloriosa virgen Maria su bendita madre y estas de la Santa madre Iglesia católica apostólica y romana con Juan Yañez Vellote, hijo de Francisco Hernandez Bellote y de Juana Cutillas su madre vezinos de la villa de Tovarra con tal condición que para ellos le de hazen gracia y donacion a la dicha Maria de Vega mi hija de todos los bienes raizes y simientes que yo tengo en la dicha villa de Blanca y su territorio y para que tenga cumpllido hefecto el dicho matrimonio y el dicho Juan Yañez Vellote se case con a dicha mi hija por el tenor de presente escritura digo que hago gracia y donacion pura perfecta acabada y nueba cable de las que el derecho llama entebidor  a el dicho Juan Yañez Bellote y a la dicha Maria de Bega mi hija para que se case como esta dicho de todos nuestros bienes y simientes lo que en cualquier manera se hallaren ser mios en la dicha villa y su termino y particularmente de los siguientes: primeramente de unas casas de morada en ella cerca de una peña negra que alinda con Hernando de Vega y con con solar caido de Sebastian de Molina y de otra casa que esta juntera con un solar caido de dos tapias en alto que alinda con Alonso Marin y con un corral de Martin de Molina y de un guerto de limoneros, albercoqueros y otros arboles que alinda con Sebastian de Molina y con la biuda de Martin Tomas y con Alonso Bazquez y el camino que va la la villa de Havarn y ten de otro pedazo de tierra que esta en el dicho paso que alinda con Francisco Macho y el dicho camino y ten de otro pedazo de tierra con tres o cuatro arboles que son albercoqueros que esta en el paso del bando que alinda con Juan Bartolome el largo y con Maria Martinez, biuda de Juan Candel y ten de otro pedazo de tierra en el dicho paso en que asi mismo ay dos albercoqueros que alinda con Martin Tomas Montoro y Luis Dato y ten de una pedazo de mina, en el paso de Alguadexa y Coronas que es en secano que alinda con Hernando Bazol y con Martin Bazol por la parte de arriba en Darrax y de otro pedazo de tierra que tienen algunas cepas que tendra una tahulla que alinda con Francisco Marin y con Gines de Molina Turpin y de otro pedazo de moreral en la orilla de la añora en el paso del calvario que tendra catorze o diez y seis moreras que alinda con Alonso Alcaide y con la hazienda del beneficiado Melgares y de otro pedazo de moreral en el dicho paso con diez o doze moreras que alinda con el dicho lizenciado Melgares y con Francisco Marin el biejo y con Pedro Dato y de otro pedazo de tierras en el paso del Sorvene con un albercoquero y una higuera que alinda con Martin de Molina por la parte de abaxao y con el rio y con la biuda de Candel llamada Maria Martinez y con otro pedazo de Juan Pinar .. y el paso de ella ... dias ..de sembradura alinde con Matin Candel y con el carril y ten otro pedazo de tierra en los pinares de dos fanegas de sembradura, linde con Pedro de Molina y unos .. . y tiene otro pedazo de tierra de una fanega que alinda con la biuda Maria de Molina, las de la calzada estrecha y tiene de otra cañada de tierra en el rio que alinda con la biuda de Herando de Rosa de tres fanegas de sembradura y tambien alinda con los de Miguel de Molina y tiene de otras tres fanegas de tierra en la rambal del camino que va a la .... que es una rambla y tiene otra fanega de tierra en la orrilla del puerto que alinda con una cañada de Gines de Arroniz y el camino va por medio y tiene de otro pedazo de tierran en el llon que alinda con Alonso de Rosa que sera de dos fanegas de sembradura y una era de todos los quales dichos bienes arriba dichos les hagena y a donacion para que con dicho se casen y de obligo a la ora los ayan y hazen como de cosa suya propia y hagan de esta su boluntad como si yo fuese muerta y pasada de esta presente vida pues por el dicho mandato real de su magestad salgo de estos sus reinos y señorios a quien suplico a mill . y a todas las demas personas que en su real nombre lo puedan y devan hazer sea servido de ratificarlos en esta merced y donacion pues yo la hago con zelo del servicio de Dios nuestro Señor y de su Magestad y para que la dicha mi hija se case con cristiano biejo y este en estos reinos y sea vasallo de su Magestad y no permita que el dicho casamiento se dexe de hazer por falta de no le dar los dichos bienes que yo de mi parte desde luego me desisto puesto ya sean los de la real con princial tenencia posesion y derecho que a los susodichos bienes me podia y devia pertenecer a qualquier tenencia y todo ello lo remito y tambien pase en los dichos Juan Yañez Vellote y en la dicha Maria de la Vega, mi hija, y le doy poder cumplido en su causa y hefecto  pago a renta que por su autoridad yo como quisiera pueda ... y a puhen de a tenencia y posesion de todos los dichos bienes y entre ynterin que la toman yo me convertire yo por su inquilina tenedora y poseedora por ella y en ella y me obligo al no rebocar esta donacion por ninguna causa y por quanto es para hefectuar dicho casamiento y si la rebocare no balga la dicha reboacion y para que asi lo cumplire y pagare obligo mi persona bienes en forma y doy poder cumpido a todas y qualesquier justicia y fuero de su Magestad de qualesquier pate que sean a cuyo fuero y jurisdiccion me someto y sojuzgo en termino el nuestro propio vezindad a domizilio y a ley convenerit de jurisdiccion vuestra para que a el cumpimiento e pago de todo lo que dicha ... apremien y cumplan por todo rigor drecho y norma executiva como si fuese por sentencia pagada en cosa juzgada lo qual remitida ley y qualquier leyes fueros y derechos a mi favor y la ley general y derechos delloas y juro a Dios, nuestro Señor, y a una señal de cruz en forma de derecho que no la hago maliciosamente ni contiene en si cumplido alguno sino tiene solamente para que haga cumplido hefecto el dicho matrimonio y e valga a Dios, nuestro Señor, y a su Magestad con ello. En virtud de lo qual otorgo esta carta ante el escrivano publico y testigos infraescritos que fue hecho y otorgado en a dicha ziudad de Cartagena en diez y nueve dias del mes de diziembre de mil y seiscienntos y treze años sinedo testigos Juan Perez Garcia y Leandro Roxo, vezinos de Cartagena y Diego Salar y Anton Bazol y Juan Macho, vezinos y naturales de la dicha villa de Blanca que juraron a Dos, nuestro Señor y a una señal de cruz en forma de derecho como ser a la otorgante y ser la contenida en esta escritura y uno de ellos lo firmo por la otorgante.
    Diego Velazquez – de derechos todos reales y normas doy fe
Ante mi: Francisco Ortega de Carrion


Este fue el trato que recibieron los moriscos blanqueños y todos los moriscos del Valle de Ricote. Una triste situación donde quedaron quienes, habiendo nacido y bautizado en España y siendo, por tanto, españoles y católicos, descendientes de más de otras treinta anteriores generaciones, también nacidas en España, hicieron con su experiencia, laboriosidad y cultura que España fuera, en la época culminante de su dominación y desarrollo, el país más adelantado, rico, y poderoso de Europa. Quedan las joyas arquitectónicas maravillosamente afiligranadas, únicas en su clase en el mundo, como lo son la mutilada Mezquita de Córdoba, Alhambra de Granada, Alcázar de Sevilla, Aljafería de Zaragoza y otras, que, siendo la admiración de cuantos las visitan y envidia de los extranjeros, constituyen con razón el orgullo español de poseerlas.
































Notas

[1] Archivo General de Simancas. Estado, legajo 252
[2]  JANER, Florencio (1857). Condición social de los moriscos de España: causas de su expulsión y consecuencia que ésta produjo en el orden económico y político, Madrid. págs. 363-364. Se trata del día  18 de diciembre en Cieza, referente un Auto de derecho  acordado sobre la salida y venta de bienes de los moriscos.
[3]  JANER, Florencio (1857). Condición social de los moriscos de España: causas de su expulsión y consecuencia que ésta produjo en el orden económico y político, Madrid. págs. 364-366.  Se trata del Bando publicado por el conde de Salazar, de que se puso traslado autorizado en los archivos de las villas en donde habian existido moriscos el día 4.1.1614 en Cieza.
[4]  Archivo General de Simancas. Estado, legajo 252.  Carta del Pricipe Filiberto al Rey. Cartagena a 22.12.1613
[5] LISÓN HERNÁNDEZ, Luis  (1992). Mito y realidad en la expulsión de los mudéjares murcianos del valle de Ricote. En: Áreas,  vol. 14. Págs. 141-170. Cita en pág. 150.
[6]  Archivo General de Simancas. Estado, Legajo 251. Relacion de la gente de Cavo y Remo de las seis galeras de Napoles, documento del 10.12.1612
[7]  LISÓN HERNÁNDEZ, Luis (1992). Mito y realidad en la expulsión de los mudéjares murcianos del valle de Ricote. En: Áreas,  vol. 14.  Págs. 141-170. Cita en  págs. 150-151
[8]  LISÓN HERNÁNDEZ, Luis (1992). Mito y realidad en la expulsión de los mudéjares murcianos del valle de Ricote. En: Áreas,  vol. 14.  Págs. 141-170. Cita en  págs. 150-151
[9] WILLIAMS, Diane (1996). “De moriscos padres engendrada”: Ana Félix and Morisca Self-(re)presentation. En: Brave New Words: Studies in Golden Age Literature, Págs. 134 – 144. Cita en pág. 143
[10] MÁRQUEZ VILLANUEVA, Francisco (1975). El morisco Ricote o la Hispana razón del Estado. En: Personas y Temas del Quijote Taurus ediciones, págs. 229-335. Cita en pág. Pág. 334
[11] GÜNTER, Georges (1993). Cervantes: Novelar el mundo desintegrado. Barcelona: Puvill. Pág. 90
[12] LAPEYRE, Henri (1986). Geografía de la España morisca. Diputación Provincial de Valencia. pág. 266
[13] PEZZI, Elena (1991). Los moriscos que nos se fueron. Almeria: Cajal. Pág. 28
[14] VINCENT, Bernard (1987). Minorias y marginados en la España del siglo XVI. Granada: Diputación Provincial de Granada. Págs. 229-230
[15] 1676, octubre, 1. Ricote. Testamento hológrafo de Ginés del Castillo, vecino de Blanca. (A.H.P.M., Protocolo nº 9355, fols. 68-76v)
[16]  Libro de matrimonios de la Parroquia de Blanca.
[17]  Se trata de María Dato Abellán casado con Pedro García Dato, cuyo hijo era Diego García Dato.
[18]  Libro de matrimonios de la Parroquia de Blanca, el 5 de enero de 1614.
[19] Archivo Histórico Provincial de Murcia (AHPM). Legajo 9335, año 1633, folios 47v - 48v.
[20] Archivo Histórico Provincial de Murcia (AHPM). Legajo, 5362 de Cartagena, folios 282-286).
[21] Archivo Histórico Provincial de Murcia (AHPM). Legajo, 5362 de Cartagena, folios 282-286.
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sábado, 8 de agosto de 2015

Bodas precipitadas entre cristianos viejos y las moriscas blanqueñas


El morisco Ricote se opuso a una alianza entre su hija, la Ricota [1], y  un  joven “cristiano viejo”   Pedro Gregorio, que la quería. Tanto en el pueblo de Villarrubia como en el Valle de Ricote, el número de los matrimonios aumentó. El conde de Salinas [2] y señor de Villarrubia, sugirió a los moriscos en Villarrubia que se casase a las moriscas jóvenes con cristianos viejos, para evitar de esta forma la expulsión [3]. Cosas similares pasaban en el Valle de Ricote, donde su indiscutible líder, Ginés de Molina Cachopo, organizaba bodas en este sentido en su pueblo de Blanca.

Volviendo a la observación de Cabrera de Córdoba  [4], de que todavía en 1614, a 8 de febrero, muchas moriscas del valle de Ricote se casaban con cristianos viejos para no marchar,  esto es algo que realmente pasó. 

El día 13 de diciembre, había llegado el día de la verdad en Blanca. Ahora sí se casaron  muchas moriscas precipitadamente con cristianos viejos. Sobre todo en el día 13 de diciembre de 1613, en el cual hubo ocho matrimonios y que podemos considerar el último día de estancia de los moriscos en Blanca. Los hombres, en cambio, seguramente rehusaban casarse con cristianas, porque solamente vemos un matrimonio de ellos, a saber, el de Pedro Cano Serrano con María Ojeda Hernández, hija de Pedro de Ojeda y Francisca Hernández. Pero María Ojeda Hernández no era precisamente una extraña en nuestra villa, puesto que sus padres solían venir a este lugar regularmente. Prueba de esto es que Pedro de Ojeda y Francisca Hernández, su mujer, eran padrinos el 7 - 11 – 1606, de María Carrillo Muñoz. Muy sospechoso es el matrimonio, dos días antes, el 11 de diciembre, entre Domingo Unzueta, de Murcia, con la viuda Catalina Candel Molina, hija del influyente Ginés de Molina Cachopo, escribano y alguacil mayor de Blanca. Años más tarde, cuando Catalina Candel se casó en 1632 con Juan de Molina Vázquez e hizo su testamento en 1646, declaraba a Domingo Unzueta como su primer marido y dicho Juan de Molina Vázquez como su segundo marido [5]. La cuestión es, ¿por qué Ginés de Molina Cachopo casaba a su hija como viuda, cuando no lo era?; y ¿por qué lo hizo dos días antes, delante de nadie del pueblo y con más tranquilidad? ¿Para ponerse de acuerdo con el cura sin problemas y no levantar sospechas? Si por cualquier circunstancia su hija tuviera que ser viuda para poder escapar al destierro, entonces lo  hizo muy bien y estaba también implicado el cura hasta las orejas.

No fue el único matrimonio extraño; también lo fue el de Diego de Hoyos, hijo de Diego de Hoyos Bernal, alférez mayor, que se casó el 20 de febrero de 1614 con María Ayala de Manrique. Para comenzar, Diego de Hoyos Bernal nació en 1591 y por tanto no pudo tener hijos con edad de casarse. En cambio, sí su padre, Juan de Hoyos, que también era alférez mayor y tuvo un hijo con el nombre de Diego. Diego de Hoyos, hijo de Juan de Hoyos, ya se casó en 1611 con María Candel Marín, pero tal vez por los motivos que fueran quisieron casar otra vez a Diego. María de Ayala Manrique, hija del escribano Pedro de Ayala Salmerón, nació el 14 de abril de 1606 y por su edad no tenía necesidad de casarse, ya que los niños menores de 8 años podían quedarse, según Guadalajara [6]. Por tanto, este casamiento que consta en el libro de matrimonios es otro muy extraño.
Dos de ellos eran Pablo Fernández y Francisco Fernández Gómez, nacido en Blanca en 1597, y antepasados de José Fernández López [7], alcalde de Blanca entre los años 1970-1979. Ambos tuvieron como padre a un Juan Fernández y, como vi relación entre los dos, he consultado también los libros de bautismos de Abarán. Se confirmó mi sospecha de que ambos eran hermanos, puesto que encontré en el día 9 de julio de 1590, el bautismo de Pablo Fernández Gómez, hijo de Juan  Fernández y María Gómez. Como nació en Abarán, tuvo que figurar en el libro de matrimonio como natural de Abarán, diferente a su hermano Francisco, que como hemos visto nació en Blanca. Juan Fernández, natural de Caravaca,  casado con María Gómez el 5 de junio de 1582, era sastre. Así figura en el libro de matrimonio y bautismos el día 9 de julio de 1590 y en el día 5 de octubre de 1587. En el bautismo de su hija Damiana figura en dicho libro como Juan Fernández del parador.

Volviendo a los moriscos de Blanca, después de los casamientos precipitados en el día 13 de diciembre, podemos suponer que ellos se tuvieron que concentrar temprano por la mañana del día siguiente —al parecer con retraso de un día en el programa previsto— en la plaza de Blanca, llevándose encima lo que pudieran de sus bienes, para salir poco después en caravana, a pie, hacia Cartagena, escoltados por las tropas de la compañía de Infantería durante todo el camino. De esta forma se evitó lo que pasó en 1609, cuando los moriscos fueron robados por los cristianos y el camino entre Valencia y San Mateo estaba lleno de cadáveres de moriscos [8]. De esta forma salió de Blanca una larga caravana de cientos de moriscos, mezclados los de pie con los de a caballo, muchos llorando y reventados de dolor.  Otros maldiciendo, cargados de sus hijos y mujeres, de sus enfermos, de sus viejos y niños, llenos de polvo y sudando,  hacia el puerto de Cartagena. Los mejores situados llevaban mulas y carros alquilados llenos de bienes, y los más pobres llevaban sus bienes a cuestas. Las mulas y caballos llevaban de todo: sillones, botijas, cestillos, ropas, sayos, camisas, lienzos, manteles, pedazos de cáñamo, toda clase de comida y toda clase de envoltorios y cosas que uno necesitaba. Muchos eran pobres e iban mal vestidos, a pie, descalzados, otros con una esparteña o zapato, despidiendo y saludando a los conocidos que encontraban en su largo camino. 

Esta angustiosa situación en Blanca ha sido magníficamente pintada, recientemente, por el pintor blanqueño Luis Molina, con lo cual España cuenta con dos pinturas más sobre la expulsión, de las únicas nueve existentes. Siete de los lienzos fueron pintados sólo tres años después de la expulsión, en Valencia, por encargo del propio Rey Felipe III, por cuatro pintores valencianos: Perre Oromig, Vicent Mestre, Jerónimo Espinosa y Francisco Peralta. De estos siete lienzos, seis son propiedad de Bancaja de Valencia y otro está en poder de una noble familia valenciana. El octavo cuadro que se conserva en España es el de Carducho, el cual se halla en el Museo del Prado de Madrid. Y finalmente, el noveno cuadro se conserva en la Catedral de Valencia [9]. Hubo un cuadro más, el de Velázquez, quien  pintó en 1627 su famoso lienzo, hoy desaparecido, que también trata sobre la Expulsión de los Moriscos, y con el cual ganó el concurso de pintura del Rey Felipe IV, con Cajés, Nardi y Carducho. Felizmente tenemos un testimonio del pintor Palomino, casi contemporáneo de Velázquez, nacido en 1653 y fue el más informado y escrupuloso de los historiadores del arte de la pintura de la época.

El lienzo, desaparecido, al parecer en un incendio, representaba según Palomino [10]  "...al Señor Rey Felipe Tercero armado y con el bastón de mando en la mano, señalando una tropa de hombres, mujeres y niños que, llorosos, van conducidos por algunos soldados, y a lo lejos un pedazo de marina con algunas embarcaciones para transportarlos. A la mano derecha del Rey está España, representada en una majestuosa matrona, sentada al pie de un edificio; en la diestra mano tiene un escudo y unos dardos, y en la siniestra una espigas, armada a lo romano y a sus pies esta inscripción en el zócalo.........". Estaba firmado "Didacus Velazquez Hispalensis. Philip IV. Regis Hispan. Pictor ipsiusque insu, fecit, anno 1627.

Durante una marcha de varios días, finalmente llegaron a Cartagena, donde faltaron barcos para el embarque. Entre la llegada de ellos a Cartagena y la búsqueda de barcos para embarcarles, los moriscos tuvieron tiempo de efectuar varias escrituras y casamientos de los hijos. Es interesante ver que Tomás Rodríguez, notario de Cartagena, arreglaba la boda entre Matías Lozano de Baza (Granada) y María Dante de Blanca. El apellido Dante no era precisamente de Blanca, pero su padre Alonso Dante se hallaba en Blanca y era posiblemente uno de los moriscos que se había refugiado allí. Sea lo que fuera, el padre se tuvo que marchar a Cartagena y para evitar el embarque de su hija, la casó con el cristiano Matías Lozano. Algo similar pasó con Catalina Feliciana Marín, hija de Alonso Marín Carrillo, de Blanca. Se casó en el puerto de Cartagena con el cristiano Alonso García de Murcia [11].

 Casamiento de las moriscas ricoteñas con cristianos viejos  [12].
Folio  Esposo: (cristiano viejo)            Esposa:                                            Legajo/                  
25v    Amad, Jaime (italiano)               Carrillo Carrillo, Florentina            2337
39v    Fernández Piñero, Francisco      Halaça, Ana María                          2337
39v    Fernández Piñero, Fulgencio      Halaça, Francisca Manuel              2337
42    Fuenllana,  Pedro - Murcia           Carrillo Miñano Maria                   2337
71v    Desconocido                               Bermejo, Isabel                              2337

  
1.    Apellidos hombre
2.    Apellidos mujer
3.    Situación
4.    Boda o entrada
5.    Hijos
6.    Salida
       *     Viuda Alcalde 1615
       **   Murcia




Notas

[1] La costumbre de convertir el apellido del hombre en una forma femenina (Ricote = Ricota)  también ocurrió en el Valle de Ricote en el siglo XVI. La vida de Juan López se llamaba María Gallega, mientras el appelido en el pueblo era Gallego. Cfr. MONTOJO MONTOJO, Vicente y ROMERO DÍAZ, Juan  (2003). Cofradías y sociedad cristianomorisca en Villanueva del Segura  En: II Congreso turístico cultural Valle de Ricote. Págs. 397- 427. Cita en pág. 399
[2] Se trata de Diego de Silva y Mendoza, duque de Francavila y marqués de Alenquer. Cf.  DADSON, Trevor J.  (2006). Los moriscos de Villarrubia de los Ojos (siglos XVIII). Historia de una minoria asimilada, expulsada y reintegrada. 1328 páginas.  Iberoamericana Vervuert. Pág. 25
[3] DADSON, Trevor J. (2004). Convivencia y cooperación entre moriscos y cristianos del campo de Calatrava: De nuevo con Cervantes y Ricote. En: Siglos dorados- Homenaje a Augustin Redondo, Tomo I, págs. 301-314. Cita en pág. 311
[4] CABRERA DE CÓRDOBO,  Luis (1857). Relaciones  de las cosas sucedidas en la corte de España desde 1599 hasta 1614, Madrid. Pág.  546. Citado por CARO BAROJA, Julio (1985). Los Moriscos del Reino de Granada. Ediciones Istmo. Madrid. Pág. 236
[5] Archivo Histórico .Provincial de Murcia (A.H.P.M.). Legajo 9338, folio 178, 30.5.1646 y Legajo 5362 de Cartagena, folios 282-286
[6]  GUADALAJAR Y JAVIER, Fray Marcos de (1614). Predicción y destierro de los moriscos de Castilla hasta el valle de Ricote. Con las disensiones de los hermanos Xarifes y presa en Berbería de la fuerça y puerto de Alarache. Pamplona. Pág. 63
[7]  El árbol genealógico en línea paterna es el siguiente:
Juan Fernández          Catalina Gómez
(Abarán y natural de Caravaca)     ?                   (Abarán)    ?
Francisco Fernández Gómez  (Blanca)    03-02-1597    María de Torres y Cachopo        ?        
(Blanca)        (Blanca)   
Antonio Fernández Torres (2ªnupcias)    01-02-1621    Salvadora Molina Marín    01-01-1637
Juan Fernández Molina    28-05-1671                            Josefa Pinar López    12-02-1672
Nicolás Juan Fernández Pinar    06-12-1695                  María Molina Alcaide    09-08-1698
Bartolomé Fernández Molina    15-01-1725                  Maria Antonia Pascual         1724 ?
Juan Fernández Pascual    20-12-1762                           Josefa Martínez Núñez    22.05-1763
Juan Fernández Martínez    05-06-1792                         Maria Josefa Sánchez Cachopo    25-05-1791
Juan Antonio Fernández Sánchez    20-04-1836            Concepción Molina Escribano    12-11-1837
Luis Fernández Molina      13-12-1874                          Piedad Molina Molina    Cieza   
Luis Fernández Molina    28-12-1919                            Julia López Loba   (Ojós)    24-09-1920
José Fernández López    11-08-1942
[8]  FONSECA, Damián (1612). Justa expulsión de los moriscos de España: con la instrucción, apostatís y trayción dellos y  respuesta  a las dudas que se ofrecieron acerca desta materia. Roma, pág 215 y ss. 228
[9]  CUBI, Manuel  (1912). Vida del beato don Juan de Ribera, Barcelona. Pág. 130
[10]  PANTORBA, Bernardino de  (1960).  Seudónimo de José López Jiménez (1896 - 1990),  Tomo I págs. 382 a 399 de la Varia Velazqueña, Madrid. Revisión del mismo autor en 1961 en una publicación titulada: Notas sobre cuadros de Velázquez perdidos (Madrid 1961).
[11]  Libro de matrimonios de la Parroquia de Blanca.
[12] Archivo Municipal de Murcia (A.M.M.), Leg. 2337


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lunes, 3 de agosto de 2015

El duque de Lerma, otro culpable de la expulsión.


El 1 de abril de 1601 el tio del duque de Lerma, Juan de Borja, era partidiario de suspender temporalmente el conflicto armado con Holanda. Lerma contestó a su tío el 5 de abril de 1601, que esta guerra no le dejaba dormir, puesto que la situación era mucho más compleja que la reflejada por su tío. Se entiende por su contestación a su tio, que se tenía que conservar al precio que fuese necesario la reputación del rey Felipe III  [1].

Fue durante los años 1602-1605, durante una sesión del Concejo del Estado en enero 1603, que un número creciente de concejeros del Estado comenzó a pensar en la idea de expulsar a los moriscos. Entre ellos estaban Juan de Idiáquez (1540-1614), embajador en Venecia y Génova, y el Duque de Miranda, posición que defendió el Rey al dar instrucciones en este sentido, pero el Duque de Lerma y el Fray Gaspar de Córdoba se opusieron [2]. Años después Juan de Idiáquez, otro gran responsable de la expulsión, logró convencer también al Duque de Lerma.
La idea de obtener la paz [3] con diferentes países, entre ellos Francia e Inglaterra, y una tregua con los rebeldes holandeses, tomaba cada día más forma y en este sentido no le faltó a Felipe III la obra de consejeros como Antonio Pérez [4] y Baltasar Álamos Barrientos [5]. Incluso estos dos escribieron conjuntamente [6] una obra para él. Como Felipe pudo contar con un buen hombre de confianza en estos territorios, el cual además consiguió varias victorias contra los rebeldes entre los años 1604-1606, fue para Felipe III motivo suficiente para pensar en el arreglo de una tregua duradera con los rebeldes. La guerra con Flandes costaba mucho dinero y según Cabrero de Córdoba, en marzo de 1606 se había mandado dar al marqués de Espínola un millón para la guerra de Flandes, de lo que traerán los galeones de la plata de Indias [7]. En abril de 1606, en una famosa “Instrucción Secreta”, Felipe III encargaba a Ambrosio Spínola (1569-1630) iniciar negociaciones con los rebeldes para lograr una tregua, y aún mejor, la paz definitiva en la guerra de Flandes [8].


 Ambrosio Spinola
El Rey. – Instrucción para vos, Ambrosio Espínola, Marqués de Venafro, caballero de la Orden del Tuson de Oro y de mis Consejos de Estado y Guera [9]. (Instrucción al Marqués Spinola para el negocio secreto de Flandes. Fecha en Aranjuez a 16 de Abril de 1606.- Archivo de Simancas.- Estado, leg. 2.226).
De la estimación y confianza que tengo de vos, será bastante testimonio lo que os fiaré en esta Instrucción y en los despachos que se os entregarán con ella; con que os pongo en mayor obligación que por ninguna de las otras honras y mercedes que os he hecho, pues os fio el mayor negocio que se me puede ofrecer; y que no lo pudiera hacer si no estubiera tan asegurado, como lo estoy, de vuestra fidelidad y prudecia, valor, buenos medios y puntualidad pende la recuperación de los Estados bajos y del Condado de borgoña, comprendido el de Charolois, así se aventuraría a perder todo, si antes de llegar el caso, se tuviera qualquiera sospecha de esta prevencion, pues los mal intencionados y enemigos de mi grandeza se aprovecharían de ellos para poner en desconfianza a mis hermanos y para otros fines agenos de mi sinceridad y sanas entrañas; y sabe Dios (a quien nada le es oculto) que a mis hermanos les deseo larga vida y posteridad; y si yo pudiese añadir a esto mas que el deseo, tendrian ambas cosas, pues en las que yo les puedo ayudar, no  les falta ninguna con que por acudirles a ellos con la largueza que lo hago, traygo mis Reynos tan cargados como se sabe.
   Prohiboos debajo del vinculo de fidelidad, que me jurastes, y del pleito-homenage que de ella hicistes, como mi consejero de Estado, con declaración de infidelidad lo contrario haciendo, que hasta que llegue el caso en que se os habla en esta Instrucción no rebelareys a nadie directa ni indirectamente lo que contiene esta Instrucción y los despachos que se os entregaran con ella; y que si por qualquier accidente hubiéredes de salir de los Estados Bajos para no volber a ellos, pondreís en mis manos esta Instrucción y los despachos que está dicho, originalmente, como los recibireis, sin quedaros con copia de ellos.
   Sabed que en las escrituras matrimoniales del Archiduque Alberto y de la Serenísima Infanta doña Isabel, mi hermana, que otorgamos en la villa de Madrid, en 8 dias del mes de Mayo del año de 1598, el Rey mi padre y señor y la Emperatriz, mi abuela, que están en el cielo, en nombre del Archiduque Alberto, su hijo, mi tio, la Serenísima Infanta doña Isabel mi hermana y yo, entre los demas capitulos de aquella escriptura hay dos del tenor siguiente:
   Item, con condición, sin la qual no se hiciera, que si, lo que Dios no quiera, no hubiera hijos o hijas de este matrimonio o fueren muertos al tiempo de la muerte de uno de los contrayentes, la donacion y concesion sea nula, y lo que desde ahora para el dicho caso, en el qual si la Infanta, nuestra hija, fuere la que quedare vida, se le habrá de acudir con la legitima paterna y dote materna que le pertenece, fuera de lo que demas de esto Nos o el Príncipe nuestro hijo por el amor que le tenemos, en tal caso haremos con ella; y si el dicho Archiduque Alberto, nuestro sobrino, fuese el viudo, haya de quedar y quede por Gobernador de los dichos Estados Bajos en nombre del propietario, a quien en el dicho caso se devolbieren.
   Item, con condicion sin la qual no se hiciera, que quando faltasen todos los descendientes, varones y hembras del dicho matrimonio, de manera que ya no quedase ninguno de los llamados a estos bienes, en tal caso vuelvan todos al Rey de España que a la sazon fuere descendiente de los que hacemos esta donacion y concesion, y para en el dicho caso de los damos desde agora.
   De los dichos capitulos resulta que falleciendo el Archiduque y la Infanta mi hermana sin hijos de este casamiento devuelven los Estados Bajos a la Corona de España, al mismo punto que cualquiera de ellos falte; y si faltare primero el Archiduque, no le queda a mi hermana ninguna cosa en aquellos Estados; y si mi hermana faltare primero, en aquel caso queda por Gobernador de aquellos Estados el Archiduque por el que fuere Rey de España.
   Esto supuesto, estoy resuelto de hacer confianza de vos para que, en cualquiera de los dichos casos, me asegureis, guardeis y defendais aquellos Estados para mi Corona de España, como Señor natural y propietario que soy de ellos, como está capitulado, ayudandoos si fuere menester de mi ejército y armas que teneis a vuestro cargo y de todos los demas medios que para esto puedan ayudar, combengan y sean a proposito en la manera que se sigue.
   Si falleciera el Archiduque antes que mi hermana, dispondreis y ordenareis lo que tocare a su autoridad y servicio, conforme a quien Dios la hizo y al amor que yo la tengo, para que en tanto que embio quien la acompañe para venirse a España, esté con la autoriad, decencia y respeto que se le debe; por que para tenerla cerca de mí no quiero encargarla tan gran trabajo y carga, como le seria el gobierno de esos Estados.
   Al mismo punto que falte el Archiduque, os apodereis del gobierno de esos Estados en mi nombre, en virtud del poder que para ello se os embia, y los gobernareis en la paz y en la guerra como lo han acostumbrado mis Gobernadores y Capitantes generales; y de tan buenos y fieles vasallos coo son los de aquellos Estados, me prometo que acudirán a mi obediencia y servicio, como ellos y sus passados lo han acostumbrado, así por el amor particular que yo les tengo, como por los muchos beneficios y mercedes que pueden prometerse de mí, y la estimacion y caudal que se hace en esta Corona de aquellos Estados lo han echado de ver en lo mucho que se ha gastado y gasta cada dia de gente y dinero en su conservacion; y si esto se ha hecho estando aquellos Estados un mano agena, de lo mismo sacarán lo que haré por ellos habiendo sido Dios servido de volberlos a unir con esta Corona; y asi no pongo duda en que quieta y pacificamente me darán la obediencia, y por mí y en mi nombre os advertirán para que los goberneis.
   El otro caso es, si Dios fuere servido que falleciendo la Infanta, mi herman, quede viudo el Archiduque; y en este caso, conforme a los capitulos aquí insertos de las escrituras matrimoniales, queda Gobernador por mí de aquellos Estados, y como tal me ha de hacer juramento y pleito-homenage de fidelidad; y assi os embio cartas para él en vuestra creencia, en que le digo lo haga en vuestras manos, y poder para vos para que en mi nombre lo recibays del Archiduque con la solemnidad y en la forma que se acostumbra; y asi donde quiera que os halle esta nueba, dejando bien prevenido, como en tal ocasión es necesario, lo que toca al ejército y presidios, acudireis donde se hallare el Archiduque, y hareis este oficio con él y me embiareis la escriptura autentica del juramento de fidelidad y pleito-homenage que hubiere hecho en vuestras manos.
   Hecho esto, le darreis otro poder, que se os embia con esta, para que el Archiduque reciba el juramento de fidelidad y pleito-homenage de estos Estados en mi nombre, con la solemnidad y en la forma que se ha acostumbrado, y también se os embian para darle cartas para los Estados y gente principal y para las villas; y vos le asistireis con mis armas y vuestro consejo para que todo se haga con quietud; y desviareis quanto fuere posible que no se haga junta general de Estados ni de Estados particulares, sino que si fuere posible cada villa jure de por si, enviando comisarios confidentes para ello.
   Si por ventura el Archiduque, mal aconsejado de ministros suyos mal intencionados, o de vecinos enemigos de su bien y de mi grandeza, pusiere dificultad o duda en hacer el juramento y pleito-homenage que tiene obligacion, o quisiere tomar tiempo para escribirme sobre ello, tomando ese color para dar tiempo al tiempo y ver entre tanto cómo se ponen las cosas, procurareis persuadirle lo que tanto le conviene, como es hacer el juramento y pleito-homenage, cumpliendo con lo que con él se capituló y asentó y con las obligaciones de tantas maneras; pues aunque mi padre hizo la capitulacion, fui yo el que la cumplí contra el parecer por ventura de los que yo con justa razon pudiera creer, y si todo esto no bastare con él, lo que no se ha de creer de quien Dios le hizo, ni de tantas obligaciones y leyes divinas y humanas como romperia, le dareis mi carta, en que le digo la orden que teneis mia de aseguraros de su persona, y en ese caso le pondreis en el castillo de Amberes con segura guarda, haciendolo con la decencia y buen trato que se debe a su persona; y si llegaredes a este rompimiento, no ha de quedar en él el gobierno, aunque despues se quisiese reconocer.
   Para esto y todo lo demas es necesario que os halleis tan poderoso y superior en fuerzas que no se os pueda impedir la ejecucion y cumplimiento de lo que se os ordena. Para este caso se os embia un poder, para que vos en mi nombre recibais el juramento y pleito-homenage de fidelidad de los Estados, procurando lo hagan con toda paz y quietud; y para esto se os embian cartas en vuestra creencia para las cabezas y oficiales principales del ejército y para los castellanos de los castillos y para la nobleza y villas de esos Estados; y usando de ellas, procurareis que pacífica y quietamente os den en mi nombre la obediencia y hagan juramento y pleito-homenage de fidelidad como tienen obligacion de hacerlo.
   Para todo convendrá que, en teniendo aviso cierto del fallecimiento de cualquiera de mis hermanos, ordeneis que en los ejércitos y en los castillos se levanten pendones Reales por mí, por Rey y Señor propietario de aquellos Estados, y me proclamen por tal públicamente, y se hagan escrituras y testimonios públicos de ello para en guarda de mi derecho; y al mismo punto mandareis hacer nuebas levas de caballería y infantería en las partes de donde las podreis lebantar con mayor brevedad, para engrosar tanto aquel ejército que seais superior a todos los de dentro y de fuera de los Estados, para que con esto seais más obedecido y respetado en todas partes.
   Assimismo, por mar y tierra por Francia y por Italia y por todas las vias que pudieredes, para que sino llegaren los despachos por unas lleguen por otras, me avisareis el suceso y el estado en que os halláredes y lo que desearedes ser asistido, para que por todas partes se os acuda como se os acudirá con lo necesario así de hacienda como de gente y armas. Tambien lo avisareis al Conde de Fuentes y a los demas ministros de Italia, para que os socorran con lo que tubieren, y unos a otros se den la mano.
   Mirad que si el Archiduque fuera el viudo, convendrá acudir a el con gran prontitud, antes de darle tiempo de entrar en nuevos pensamientos, ni que los vecinos lo tengan de encaminarle mal con ofrecimientos vanos, enderzados a su perdicion, aunque con color disfrazado; y asi acudir con prontitud, será remedio que podrá quitaros muchas dificultades; y por eso convendrá hacerlo con suma presteza; y como punto de gran consideracion  os lo encargo mucho.
   No quiero dejar de advertiros que, si sucediera el caso de quedar viudo el Archiduque, mireis mucho como os juntais a tratar con él, pues antes que vos useis de vuestras comisiones, podria haceros tiro de prenderos o hacer otra violencia en vuestra persona; y asi entrad a tratar desto tan prevenido y gallardo que él ni nadie os pueda hacer tiro ni perder el respeto y demas de la seguridad de vuestra persona, que yo tanto estimo combiene así para el bien del negocio.
   Para todo esto convendrá que sin mostrar ningun cuidado, le tengais muy grande de tener bien proveidas las plazas que están en poder de españoles, pues son las más importantes, y hasta aquí han estado tan mal proveidas como vos sabeis. Tambien procurareis de tener gratos las cabezas de la casa de Croy y algunos otros señores principales del país.
   Si con destreza y disimulacion pudieredes tener gratos a los que tienen mano en los magistrados de las villas, os será de grande ayuda, para quando llegase alguno de los casos que están dichos, por que son los dueños de las villas y no estiman a la nobleza sino en cuanto les está bien; y así andan siempre muy recatados de ella; y teniendo ganados los magistrados, los nobles son poca parte para nada: y haberlo entenido al revés el Archiduque, es una de las cosas que ha errado en su gobierno; y asi no tiene a los unos ni a los otros.
   A los Estados y a su nobleza les jurareis sus leyes, privilegios, usos y costumbres y se los guardareis con toda entereça y observancia, como lo merecen tan buenos y fieles vasallos; y si por ventura os hicieren instancia para que los ofrezcais que se echarán los estrangeros de aquellos Estados, se lo podreis ofrecer para cada y cuando estuvieran hechas las pazes con las Islas rebeldes, significando y asegurandoles lo mucho que deseo su bien y quietud y aliviarlos de cualqueira carga que les sea pesada.
   Pues he tocado en el punto de las pazes, no quiero dejar de deciros que para hacerlas como combiene, es necesario comenzar por una buena y larga tregua, que es la que no tiene dificultad, ni la contradirá Mauricio; pues con ella quedará con las mismas comodidades, autoridad y fuerzas que agora tiene; y para encaminarlo, sin que se entienda que acá se desea, convendrá usar de mucha destreza, y así ayudandoos de la que Dios os ha dado con igual celo de servirme, procurareis encaminar las cosas a una buena tregua por el mas tiempo que se pudiere, pues si fuese por poco, podria ser para lo de acá mas dañosa que provechosa, conforme a los buenos sucesos del año pasado, hallandose el enemigo apretado, haciendonos perder el que a nosotros fuese favorable quanto a ellos dañoso; ni tampoco se podria oir la platica teniendoles sitiada y apretada alguna plaza; y para todo es el mejor medio apretarlos gallardamente pasando adelante los progreso de Frisa; y si hicieren instancia por paces, les podreis dar buenas esperanzas dellas, pudiendose tratar con el lugar que dará a estas platicas la tregua; pero todo esto pende de saber usar de las ocasiones, en que espero no os descuidareis, y así se remite a vuestra prudencia con advertiros que el Archiduque y los que le están cerca, nunca han arrostrado las platicas de tregua; y la causa es tan publica que por eso no se os dice; y con tener entendido esto, vereis como lo habeis de guiar sin que os lo puedan impedir.
   Esta Instrucción y los despachos que se os entregarán con ella, habeis de guardar a tan buen recaudo como obliga la materia, y holgaré que vos me aviseis dónde y cómo los habeis de guardar, para que yo lo tenga entendido; y lo demas que aquí se os pudiera decir, se remite a vuestra prudencia. En Aranjuez a 16 de Abril de 1606 años. – Yo el Rey. –  Don Pedro Franqueza.


Esta carta de instrucciones no deja lugar a duda de que el inofensivo Felipe III deseó la paz sea como fuere, comenzando con una tregua que - según el Rey español - Mauricio de Nassa (1567-1625), aceptara el hijo de Guillermo de Orange, en aquellos tiempos uno de los mejores estrategas del mundo. Bien que la historia oficial en algunos casos dice que Spinola no logró conquistar los Países Bajos sólo por la renovada quiebra española en 1607, se entiende por las instrucciones de Felipe III 1606, que el ineficaz Rey no quiso conquistar los Paises Bajos, sino que buscaba lo antes posible una tregua y la paz, como continuación de la paz con Francia (Paz de Vervins) en 1598 y la Paz con Inglaterra (Tratado de Londres) en 1604, para evitar el hundimiento de la economía en Castilla.

Ambrosio Spínola no perdió el tiempo y, con ayuda de las negociaciones de Alberto VII archiduque de Austria y de la infanta Isabel para la firma de una tregua duradera, se puso en contacto con el consejero pensionario y abogado del país Joan van Oldenbarnevelt, el cual sí estaba a favor de una tregua, algo que no le gustó demasiado a Mauricio de Nassau. Muchos holandeses consideraban a Van Oldenbarnevelt como un traidor del estado. Sin embargo, por diferentes motivos aceptó las sugerencias de Oldenbarnevelt y el 1 de febrero de 1608 el Príncipe Mauricio tuvo un encuentro, en Rijswijk con el Marqués de Los Balbases, Ambrosio Spínola.   Después del intercambio de cortesías, se fueron a La Haya para tratar las negociones de tregua de los doce años, en presencia de representantes de Inglaterra y Francia.

Dicen los holandeses que la complacencia de los españoles era el resultado de la victoria del Almirante Jacob van Heemskerck (1567-1607) contra la flota española cerca de Gibraltar. Es verdad que era la primera victoria marítima importante que tuvo un gran valor estratégico, pero esta victoria no adelantó la firma de la tregua,  porque la tregua era ya algo deseado anteriormente por el rey Felipe III, algo que los holandeses lógicamente desconocían, puesto que no estaban al tanto de las instrucciones secretas del Felipe III a Ambrosio Spínola.
En aquellos años Holanda tuvo la flota marítima más grande del mundo. Dos provincias de Holanda tuvieron ya más barcos y marineros que todo el reino británico. Quinientos barcos holandeses navegaban hacia Inglaterra y este país no envió más de cincuenta barcos hacia Holanda. Tres mil barcos holandeses navegaban hacia el mar Báltico, dos mil barcos hacia Francia, España y el Mediterráneo. Quinientos barcos holandeses organizaban el negocio de la madera por toda Europa. Con la llegada de armada, Holanda convertió rápidamente muchos barcos mercantes en barcos de guerra. En el año 1600 había en Amsterdam entre tres y cuatro mil barcos mercantes en el muelle. El cronista Cabrera de Córdoba dice en marzo de 1606 de esta flota [10]:

Háse tenido aviso que han salido de las islas de Olanda y Celanda ciento veinte navios, y que se han repartido en escuadras por la mar, en diferentes parajes y alturas para esperar los galeones de la plata que se aguardan de Indias; los cuales se han de juntar despues para cierta empresa que acá no se sabe, mas de que un hijo de don Antonio de Portugal con una escuadra de estas estaba en las Terceras, solicitando y persuadieno para que se alzasen aquellas islas; y para acudir al remedio de esto, se entiende que han de servir los navios que se mandan armar en Lisboa, a lo cual se ha enviado a don Diego Brochero del Consejo de Guerra para que los ponga en orden y vaya con ellos.

El duque de Lerma no era el único que fue desplazado de su gobierno. Una situación similar ocurrió en Holanda, donde el partido de la guerra de Mauricio de Nassau, se había impuesto frente a la más prudente facción dirigida por Joan van Oldenbarnevelt. Las ideas religiosas de Mauricio no eran iguales a las de su padre, que predicaba más bien la libertad de conciencia. Había discrepancias entre las ideas de Mauricio y Van Oldenbarnevelt.  Éste y su amigo Hugo Grocio, eminente jurisconsulto y filósofo, padre del iusnaturalismo racionalista, fueron acusados de alta traición y detenidos en 1.618. Si bien Grocio logró escapar de una forma espectacular, en mayo de 1619, Oldenbarnevelt fue condenado a muerte y ejecutado con 72 años, en público.

Antes de entrar en el núcleo de la cuestión con respecto a la culpabilidad de Lerma en la Expulsión, quiero reflejar primeramente cómo algunos historiadores relatan la política de España y del Duque de Lerma entre los años 1600 y 1607. En este caso he escogido el relato del historiador Juan Antonio Sánchez Belén [11] que trata el gobierno de Duque de Lerma:

En Castilla, aunque las ciudades habían conseguido del monarca en las Cortes de 1600 la facultad de administrar el servicio de millones a través de una comisión en la que participarían los procuradores, el descontento seguía vivo, máxime cuando la Junta de Desempeño (1603) en vez de desempeñar el patrimonio real enajenado lo había hipotecado aún más, razón por la cual el duque de Lerma debe sacrificar a dos hombres de su confianza, Lorenzo Ramírez de Prado y Pedro Franqueza, miembros de la mencionada Junta, y aceptar las condiciones impuestas por las Cortes de 1607 para la prórroga del servicio de millones: mayor control por las ciudades del impuesto y compromiso de la Corona de no recurrir a una nueva manipulación de la moneda. Ante este acoso del reino, y dado que los ingresos del erario estaban empeñados por adelantado, elevándose el déficit del Estado a 10.123.879 ducados de principal, más los intereses, a Felipe III no le queda otra salida que declarar en 1607 la suspensión de pagos y con ella la transformación de la deuda flotante en deuda consolidada, medida que momentáneamente permite sacar a la Hacienda del agobio financiero en que se encontraba, aun a costa de acrecentar la hipoteca fija de las rentas. Hacia 1607 comienza a debatirse también un tema de enorme transcendencia política, económica y social: la expulsión de los moriscos. Esta comunidad, cada vez más populosa [12], suscitaba en el seno de la Iglesia y en la Corte un gran recelo por dos motivos fundamentales: el primero, su irrenunciable práctica de la religión musulmana, pese a su conversión forzosa -o por lo mismo-, a la que se unía la persistencia de sus costumbres; el segundo, quizás más cuestionable, su connivencia con los turcos y berberiscos, o con cualquier enemigo de la monarquía, a quienes podían facilitar en un momento dado el apoyo necesario para una invasión del territorio peninsular.

Todas estas razones inducen finalmente a la Corona a decretar el 9 de abril de 1609 la expulsión de los moriscos [13], previa consulta del Consejo de Estado en presencia del duque de Lerma. Para ello ha sido preciso satisfacer a la nobleza, la más perjudicada en teoría con la expulsión, compensando las posibles pérdidas en sus patrimonios con la reversión a su poder de las haciendas de los expulsados y la facultad de endurecer las condiciones de explotación de las tierras dadas a los nuevos repobladores, toda vez que las rentas que percibían se habían ido devaluando con el aumento de los precios, viéndose precisados a solicitar préstamos para costear el gasto de sus casas, cada vez mayor. La operación, perfectamente organizada, se realiza entre 1609 y 1610 -aunque no se completará hasta 1614, una vez capturados los huidos-, con un despliegue inusitado de buques y soldados para asegurar el embarque de los expulsados y sofocar las revueltas que se produjeran, como se temía y así sucedió, pues unos 6.000 moriscos se atrincheraron en La Muela de Cortes y otros 15.000 en el valle de Laguar. En conjunto se estima que fueron expulsados de Valencia 117.464 personas, de Aragón 55.422, de Castilla, Extremadura y Andalucía 68.000, de Murcia 13.000, y de Cataluña 5.000, todos ellos ubicados en el delta del Ebro.


El segundo texto es de la prestigiosa Biblioteca virtual de Miguel de Cervantes [14] 

En 1609 se firmó la Tregua de los Doce Años con los Países Bajos, que representaba el reconocimiento oficial de la existencia de Holanda. Esta paz permitió al gobierno enfrentarse con el problema de los moriscos, cuya integración en la sociedad española se había hecho muy difícil tras las sublevaciones de las Alpujarras, siendo ese mismo año, 1609, cuando decidió su expulsión por motivos religiosos y de seguridad interior.
El famoso catedrático Francisco Rico, encargado de poner notas al texto del libro de Don Quijote de la Mancha [15], no se atreve tampoco a apartar  del camino de la historia oficial. 

Sometidos a limitaciones cada vez mayores en su forma de vida tradicional, se defendieron con algaradas e insurrecciones, la más importante de las cuales, la rebelión de 1568-1570 en las Alpujarras, tuvo como consecuencia que miles de moriscos granadinos fueran desplazados a la Mancha. La imposibilidad de asimilarlos al catolicismo, las antipatías que despertaban su laboriosidad y frugalidad, y el fundado temor de que se convirtieran en una quinta columna de turcos y berberiscos culminaron entre 1609 y 1613 en la decisión de expulsarlos de España, de donde en efecto salieron unos trescientos mil.

El cuarto texto es uno de los apuntes de los temas de Historia de España de 2º de bachillerato.

El Duque de Lerma (Sandoval y Rojas) dominó la situación durante el reinado de Felipe III (1598-1621). Este valido mantuvo su posición gracias a los gastos suntuarios y festejos ofrecidos al rey, y utilizó el valimiento para su enriquecimiento personal. Aparte de su política exterior pacifista el hecho más importante de su gobierno fue la expulsión de los moriscos (1609-1614). Las razones de esta expulsión son complejas. La Corona y el pueblo miraban a los moriscos con reticencia pues no se comportaban como auténticos cristianos. Sin embargo, la causa principal debió ser de motivo propagandístico para esconder el deshonor y desprestigio de aceptar la Tregua de los Doce Años. Las consecuencias demográficas de esta expulsión fueron nefastas (una pérdida de 300.000 personas), y fueron especialmente graves en Valencia y Aragón, donde los moriscos mantenían una fértil agricultura
Vemos que los cuatro textos son completamente diferentes. El texto que mejor se acerca a la realidad es el último como veremos a continuación. Escribo todo esto, porque el genio de la literatura española, Miguel de Cervantes Saavedra, tuvo como protector al Arzobispo Bernardo Sandoval y Rojas, tío del Duque de Lerma. Y como considero al Duque de Lerma uno de los grandes responsables de la de expulsión, quiero demostrar primeramente que la historia de España no está bien escrita por todo el mundo en el caso de los moriscos. Incluso me atrevo a decir que falta aún mucho por aclarar y que la mayoría de los historiadores ni siquiera tienen idea de lo que realmente pasó en el tiempo de la expulsión de los moriscos. Había siempre una historia oficial para proteger a sus gobernantes y  era aquella que todo el mundo copiaba. Por eso quiero penetrar más en la vida del protector de Cervantes y en la vida del Duque de Lerma, porque  Cervantes supo muy bien con quién juntarse.

Cervantes defiende con fervor a su protector, pero sería precisamente este Inquisidor que ayudó en 1613 a su sobrino a expulsar los últimos moriscos de España, los del Valle de Ricote. Y no es porque desde el Valle de Ricote se han quedado pasivos en todos esos años. Al contrario, Ginés Molina Cachopo, el influyente escribano y escribano general del Valle de Ricote, había intentado de todo. Supo frenar la expulsión de los suyos del Valle de Ricote durante 4 años, mediante gestiones en Madrid, pero finalmente se tuvo que dar por vencido.  Durante todos estos 4 años el Consejo de Estado estudió con lupa a los moriscos del Valle y así se llegó al año 1612, donde en noviembre el Consejo de Estado estudió otra vez en una sesión la cuestión de los moriscos del Valle de Ricote y su posible expulsión. El Comendador Mayor de León, Baltasar de Zúñiga, y la mayoría de los consejeros, eran partidarios de expulsar a todos. En cambio, el duque del Infantado, Juan Hurtado de Mendoza de la Vega y Luna, defendió con energía a los moriscos, porque los informes sobre la conducta morisca en el Valle de Ricote le parecían concluyentes. En una sesión posterior, el 4 de mayo de 1613 se tomó finalmente la decisión de expulsar a los moriscos del Valle de Ricote. En esta sesión el Cardenal primado de Toledo e Inquisidor General, don Bernardo de Sandoval y Rojas, tío del duque de Lerma, era partidario de la expulsión, pero al Comendador de León y a don Agustín Mexía, capitán general de la expulsión de los moriscos, les parecía mejor posponer la expulsión para después del verano. El duque del Infantado se quedó sólo en su defensa de la permanencia de los moriscos en España [16], a pesar de que el confesor del Rey, fray Luis de Aliaga (1565-1626), tampoco estaba a favor de la expulsión de los moriscos del Valle [17]. Y lo mismo podemos decir de las máximas autoridades eclesiásticas de Murcia que defendieron hasta el último momento la posición de los moriscos del Valle de Ricote [18].  Meses más tarde, precisamente el 21 de agosto de 1613, el conde de Salazar [19] sugiere al Rey que ordene dejar a los moriscos del Valle, sin armas, porque no interesa que los moriscos salgan con armas de España. Justo un mes más tarde, precisamente el 21 de septiembre, el conde de Salazar suplica al Rey que ordene desarmar a los moriscos del Valle, permitiéndoles dejar sus espadas y dagas. Para evitar posibles escándalos se les quitaría las espadas y dagas, las cuales les serían devueltas una vez embarcados [20]. Finalmente el 19 de octubre, en Ventosilla, Felipe III, firmó el esperado edicto y dio orden al príncipe Filiberto de Saboya, su sobrino, Gran Prior de Castilla y General de la mar, de enviar navíos a Cartagena [21], y el día 13 de diciembre de 1613 salieron los moriscos del Valle con destino al puerto de Cartagena, lugar de sobra conocido a Cervantes [22].

Voy a volver al Valle de Ricote donde en el año 1612 el cura Ginés Melgarejo —que estuvo durante tres años en Blanca (1598-1602) —   dijo de los blanqueños, respecto al sacramento de la confesión, que él no tenía la satisfacción que se requiere. Al parecer esto era debido a que una quinta parte de la población no era muy devota, según el informe del fraile Pereda [23]. Bien, si entonces solamente el 20% no eran buenos católicos, ¿por qué expulsaron al 80% de la población blanqueña y seguramente también al 80% del Valle de Ricote? ¿Es que los buenos tenían que pagar el plato de los malos? El verdadero motivo en la expulsión era el económico y Jeroni Pujades [24], en 1610, registra en su Dietari la codicia de Lerma y sus validos. Al duque de Lerma le interesaba la expulsión de los moriscos, porque así recibirían él y sus partidarios al menos el 50% de las propiedades moriscas. Peor aún, el duque, a partir de la expulsión, consiguió una fortuna muy superior a las reservas monetarias del propio estado. ¿Por qué los moriscos del Valle de Ricote tuvieron solamente 10 días para prepararse para el viaje?

Una vez llegadas las galeras del príncipe Filiberto al puerto de Cartagena, con casi 300 hombres del tercio de Lombardía a bordo, el conde de Salazar hizo público el edicto de la expulsión en las 6 localidades del valle de Ricote [25], el 28 de noviembre de 1613, día de San Andrés. Sabemos que la expulsión de los moriscos se efectuó en el Valle el 13 de diciembre de 1613, porque a partir de esta fecha se pusieron todos ellos en marcha hacia el puerto de Cartagena. Luego, en el puerto, pocas familias moriscas lograron convencer al Conde de Salazar, de que realmente fueron cristianos viejos, lo que les salvó del destierro. 

Los curas de cada pueblo eran en aquellos tiempos los encargados de confeccionar las listas definitivas para los expulsados y sus informes eran favorables para los moriscos del Valle de Ricote, por haber vivido como cristianos, participado en guerras, haber servido al Rey  y por haberse casado con cristianos viejos. Pero desgraciadamente, entre el informe del Padre Pereda y los informes de los curas del Valle de Ricote no hay concordia. Donde Pereda dice que 20% no son buenos cristianos, la expulsión de 80% nos da otras cifras. Uno se puede preguntar porque el bachiller Cristoval de Ayala Guerrera [26] cura de la iglesia de San Juan de Blanca, se permuta el 26 de julio de 1613 con el Bachiller Xines Melgares, cura de la iglesia de San Bartolomé de la villa de Ulea y Villanueva. Como motivo de su permuta dice: “dezimos que por causas justas onestas expediente y conviniere a nuestras conciencias permutar los dichos curatos beneficiados el uno con el otro y el otro”. ¿Estaban los curas al tanto del próximo edicto de expulsión y tuvieron ellos problemas con su conciencia?

La expulsión podría haber sido un motivo religioso o de seguridad militar, pero de ninguna manera por ser un anhelo popular, según Domínguez Ortiz. Parece pues evidente, a juzgar por este historiador, que la expulsión de los moriscos no fue una manifestación del fanatismo y la intolerancia del pueblo español, sino una medida gubernamental, que después de la muerte de Felipe II fue criticada y que seguramente no hubiera tomado nunca su sucesor [27]. No se equivoca en esto, puesto que hubo una verdadera convivencia y coexistencia pacífica entre los moriscos y cristianos. En iguales términos se manifiesta Johnson [28] diciendo: «It is a commonplace of historical scholarship to observe that military and religious considerations prevailed over the economic interests of the great landowners of Aragón and Valencia in determining the expulsion of 1609-1614». El verdadero motivo de la expulsión tuvo que ver indirectamente con mis compatriotas, los holandeses. Era necesario cesar, fuera como fuera, estos ríos de dinero y millares de hombres que formaban los tercios de Flandes. Lerma echaba a los moriscos para que la corte no perdiera su prestigio ante los ciudadanos. En este sentido una de las hipótesis de Benítez Sánchez-Blanco [29] estaba en lo cierto, referiéndose a Lerma:

....podría tratarse de una retirada estratégica de Lerma ante los duros del Consejo que veían con malos ojos el reconocimiento de las Provincias Unidas y el abandono de los católicos holandeses, a los que se les ofrece como contrapartida la expulsión de los moriscos. O bien una derrota de sus posiciones que trata de convertir en un triunfo sumándose a la propuesta intransiguente y utilizando la expulsión como maniobra de propaganda política para distraer la atención del grave fracaso que significa la tregua de los 12 años.

Según Benítez Sánchez-Blanco, lo que estaba encima de la mesa el 4 de abril de 1609 era una propuesta por parte de Su Majestad para discutir en el Consejo. Entre los asuntos de esta propuesta hay una amenza de invasión procedente de Muley Sidán de Marruecos con ayuda holandesa, y Benítez Sánchez-Blanco se refiere a un documento de Janer sin referencia de archivo [30]:

Lo que S.M. ha mandado que se proponga en el Consejo es lo que sigue:
Que S.M. ha entendido que 50 morisco que se pasaron destos reinos a Berbería y fueron a para en Marruecos dijeron a Muley Sidan con grande eficacia que para que se consumía ni se cansaba en hacer la guerra a sus hermanos teniendo ocasión muy oportuna para recobrar a España, que en otro tiempo ganaron los reyes de aquellos reinos con la facilidad que se vió, pues con no haber entonces en ella ningun morisco, ni tener el rey don Rodrigo ningun enemigo de los muchos que su magestad tiene agora y con haber juntado un ejército de 70 mil hombres le vencieron y la ganaron en ocho meses; que agora hay mucha menor gente con haberse consumido con la peste y guerra de Flandes; que si entonces no había armas y gente ejercitada en ella agora hay mucho menos y de menos brio y valor; que si hay algunas armas estas están en poder de los moriscos, que han procurado proveerse dellas secretamente: que hallarán 200 mil tan malos como él que le acudirán con las vidas y haciendas; que no ha menester traer la multitud de moros que entonces trujo el Miramamolin; que con 20,000 hombres que eche en tierra se podrá apoderar de cualquiera puerto, y en la tierra adentro no hallará resistencia, mayormente si se vale de los Rebeldes y otras naciones septentrionales, enemigos de S.M., que la acudirán a muy poca costa, por lo mismo que desean ver desechas sus grandezas, y que asi debe gozar de ocasión tan oportuna para engrandecerse, pues España está consumida que de ninguna manera les podrá resistir.- Que les respondió que no podia dejar de procurar hacerse señor de los reinos que habían poseido sus pasados, pero que les daba su palabra y juraba por su Alcorán que en saliendo con este intento no reposaría hasta conquistar a España. Que habló con unos holandeses que allí se hallaban diciéndoles su intento y que si le ayudarían con navios y 20 o 22 mil hombres para pasar acá, pagándoselo muy bien: que le respondieron que no solo le ayudarían con esto, pero le harían una puente de navios por donde pudiese pasar muy a su salvo.
   Considerando S.M. esto y que Muley Sidan ha salido con lo que deseaba, que se ha mostrado siempre capital enemigo nuestro, y que las cosas destos Reynos están en tan mal estado como se sabe, lo que se debe temer es la multitud de moriscos que en ellos hay tan deseosos de salir de subjección y tan pertinaces en su secta; que el Turco, según los últimos avisos que se han tenido, se va desembarazando de la guerra de sus rebeldes y de Persianos, los malos humores ue se han descubierto aun en los más obligados príncipes de Italia, que el patrimonio de los reinos que S.M. posee allí está acabado y consumido, y los súbditos dellos tan descontentos, que se puede justamente temer que viendo a S.M. ocupado en la defensa destos reinos, siendo acometidos de tantos y tan poderosos enemigos, no hagan algun movimiento a que no se pueda resistir, y que todo se ponga en el último peligro de perderse, mayormente que Nuestro Señor debe estar muy ofendido de que se haya disimulado tanto tiempo con hereges y apóstatas tan perniciosos y obstinados, parece a S.M. que no se debe ya perder hora de tiempo en prevenir el remedio de tan grandes males. Que así está S.M. resuelto en acabar con esta mala gente por el camino que mejor y más brevemente se pueda hacer, sin reparar en el rigor de degollarlos, pues se ha visto que del que se ha procurado de la conversión, no solo no se ha sacado ningun fruto; pero siempre que se ha tratado desto ha crecido su obstinación y mal ánimo sin que se haya visto que uno solo se haya convertido, y que cuando se esperaba que de la conversión se habia de sacar algun fruto, de que están desauciados al patriarca arçobispo de Valencia y los demas que tantos años han tratado dellos, este es camino tan largo, que de ninguna manera se debe fiar desto la seguirdad destos reinos, en que consiste el resto de la cristiandad. Que S.M. es servido de que el Consejo vuelva a reveer las consultas que sobre esta materia se han hecho, advirtiendo que de Valencia se sabe que despues que se han juntado los prelados de aquel reino a tratar de nueva instrucción y conversion de aquellos moriscos han mostrado mayor inquietud y obstinacion, que es clara señal de que por aquel camino no se puede esperar ningun fruto. Que el Consejo trate desto, y no alce la mano dello ni trate de otra cosa, y viniendo muy particularmente a los individuos consulte a S.M. el modo y el tiempo de esta gente, que lo que para ello será necesario proveer dentro y fuera destos reinos, guardándose secreto, pues es el consejo del buen fin de lo que se pretende.
   Que se vea lo que convendrá proveer para que la milicia de que tantos años ha se trata, se establezca cono conviene venciendo las dificultades que hasta aquí ha habido y atendiendo a este fin principal de salir de tan eminente peligro como el en que se está, aunque  sea pasando por otros inconvenientes menores que se entiende han sido causa de embarazar esta obra tan necesaria, pues salidos de una vez de este tan grande conflicto, se podrá ordenar lo que más convenga para el gobierno político.
   Que personas será bien emplear en la ejecucion de lo que se hubiese de hazer.
   Que ayuda se podrá sacar de los consejos y súbditos destos reinos en ocasión tan apretada y de tanto beneficio suyo, advirtiendo que por lo que toca al secreto no se les ha de proponer hasta el tiempo de la ejecucion.
   Que si será bien que se levanten algunas compañías de los que estaba acordado, y cuántas.
   Que órden será bien dar a los guardas de Castilla para que sin hacer ruido estén a punto para el tiempo de la ejecucion y en que puestos será bien ponellos para este efecto.
   Que se vea que armas y municiones hay y como se habrán de repartir para valerse dellas, llevándolas con tiempo y sin ruido a las partes donde convendrá.
   Si será bien apercibir con disimulacion y secreto la caballeria de los señores perlados y órdenes o alguna parte della, teniendo atencion a que la que se hubiere de apercibir sea efectiva y de servicio pues todo sera menester para tan grande ejecución.
   Que della resultará grande servicio a nosotros y a la cristiandad, mucha reputación a S.M.  y a estos reinos, y se cortará el hilo a los enemigos de la grandeza de S.M. y dellos, que por ventura tienen librada gran parte de las esperanzas que tienen de abatirla por medio de esta perversa gente y aun para las cosas de Flandes será el librarse della de nuestro momento.

Estudiando este documento de Janer que se halla entre documentos del año 1582 y 1599 no veo fecha alguna [31], o sea Benítez Sánchez-Blanco ha sacado tal vez esta fecha por asuntos que se refleja en esta propuesta.. Sea lo que fuera, Felipe III tenía muy en secreto las negociaciones con los Países Bajos y para no perder su cara tuvo que inventar un peligro no existente.
Cuando se firmó el 9 de abril de 1609 la tregua con los holandeses, según Lerma, para evitar cualquier crítica a esta decisión, lo mejor era expulsar a los moriscos [32]. No he leído nunca este razonamiento de Lerma en lugar alguno, a pesar de haber leído muchos libros sobre la expulsión, así que vale la pena conocer por fin la única razón verdadera [33].  Antonio Feros [34] dice sobre este tema:

... Pero había un elemento más que justificaba el que se hubiese ordenado la expulsión en 1609, y probablemente ésta fue la razón que en última instancia explica la medida, al menos el por qué se tomó esta decisión este año y no antes o después. Lo que hizo posible la expulsión ese año y no antes o después. Lo que hizo posible la expulsión fue, por lo tanto, una razón de tipo más coyuntural, específicamente la crisis política a la que se veía enfrentada la monarquía en 1609 al tener que afrontar a la posibilidad de la firma de una tregua con los rebeldes holandeses. De hecho, la creciente insistencia en la necesidad de la expulsión a media que se aceleraban las negociaciones con Holanda y la rúbrica de la expulsión en el mismo día en el que el rey aprobó la conclusión de la tregua, indican que se adoptó debido a los temores de que la firma de esta tegua con los «rebeldes» holandeses provocaría fuerte oposición interna, poniendo así en duda las credenciales de Felipe III como monarca católico. Lo reconocería abiertamente Lerma en una reunión del Consejo de Estado celebrada en 1617. En esa reunión, en la que se discutía la estrategia a segur en las disputas militares con Saboya, que llevaban camino de convertirse en un gran fracaso para la monarquía hispan, Lerma defendió que para evitar críticas a la paz que se había firmado con el duque de Saboya era conveniente atacar a los venecianos –uno de los tradicionales enemigos del poder español en Italia-, y así crear un ambiente de exaltación que hiciese olvidar lo que muchos veían como una abierta traición. Hacerlo así, continuaba Lerma, era precisamente seguir el modelo que se había utilizado en 1609, cuando en la tregua con Holanda se había decidido que para reducir los posibles «humores» de la oposición y descontento lo mejor era expulsar a los moriscos. Fue precisamente la expulsión de los moriscos, y no la paz con Francia e Inglaterra o la tregua con los holandeses, la que se convirtió en elemento central en la campaña ideológica que se desarrolló a partir de 1609, dirigida a presentar a Felipe III, y a su valido Lerma, como campeones del catolicismo. ......

Una dramática decisión de una corte que se dedicaba más a las fiestas, cacerías, justas, recepciones y grandes espectáculos, que al bienestar de sus ciudadanos. Una corte donde más de uno se llenaba los bolsillos, y con tanto despilfarro se hubo de buscar una víctima. El duque de Lerma, en todos estos años de su gobierno, supo organizarse bien, haciendo caso omiso a las leyes establecidas. En palabras del sabio Márquez Villanueva [35]:

Con la expulsión se franqueaban límites de hecho y de derecho vedados hasta entonces tanto por la prudencia política como por la conciencia cristiana. Era el más firme paso por la cuesta abajo moral de la dictadura irresponsable de duque de Lerma, dispuesto ahora a probar que su poderio no aceptaba las barreras que la duda juridico-moral había impuesto a sus antecesores en el gobierno. Muchos españoles conscientes (y nadie lo era más que Cervantes) debieron darse cuenta de que algo irreparable se había roto para siempre y que desde aquel momento no tenían ya rey, sino amo.

No era difícil buscar esta víctima; muchos fanáticos, entre ellos el Arzobispo Juan de Ribera y el padre Jaime Bleda, habían ya sugerido al gobierno [36] echar a los moriscos. Así que la labor del gobierno de entonces no era demasiado difícil. Felizmente, la actitud de Felipe IV era mucho más realista, dándose cuenta de que los moriscos eran realmente cristianos y que jugaban un papel muy importante en la sociedad castellana.
Notas

[1] FEROS, Antonio (2004). Kingship and Favoritism in the Spain of Philip III, 1598-1621. Cambridge University. Págs. 150-151 
[2]  AGS Estado, Legado 208/n.P., Consulta de la Junta de Gobierno, 3 enero, 1603. Citado por FEROS, Antonio  (2004). Kingship and Favoritism in the Spain of Philip III, 1598-1621. Cambridge University. Págs. 202-203
[3] VALLE DE LA CERDA, Luis (1599). Avisos en materia de Estado y Guerra, para oprimir Rebeliones, y hazer pazes con enemigos armados. Madrid, Pedro Madrigal.
[4] PÉREZ, Antonio (1598). El conocimiento de las naciones de Antonio Pérez, secretario de estado que fue del señor Rey D. Felipe II: discurso político fundado en materia y razón de estado y gobierno al Rey N. S. D. Felipe III, de el estado que tenían sus reinos y señoríos y los de sus amigos y enemigos, con algunas advertencias sobre el modo de proceder y gobernarse con los unos y con los otros. Dado por D. Baltasar Álamos de Barrientos, un grande historiador, agente de negocios que fue de dicho Antonio Pérez, hallándose en la cárcel, para servicio de S. M. y conocimiento suyo. (Manuscrito). Sobre Antonio Pérez escribió el ciezano PÉREZ GÓMEZ, Antonio (1959). Antonio Pérez. Escritor y hombre de Estado, Cieza.
[5] ÁLAMOS DE BARRIENTOS, Baltasar (1598). Discurso político al Rey Felipe III al comienzo de su reinado. Edición de Modesto Santos. Barcelona 1990.
[6] PÉREZ, Antonio (s.a.). Norte de Príncipes; virreyes, presidentes, consejeros y gobernadores y advertencias políticas sobre lo público y particular de una monarquía importantísima a los tales: fundadas en materia y razón de Estado y gobierno, escritas por Antonio Pérez, secretario de Estado que fue del Rey Católico don Phelipe II de este nombre para el uso del Duque de Lerma gran privado del Rey don Phelipe tercero. Editado por primera vez en el año 1788. Citado por ÁLVAREZ DE MORALES, Antonio & GARCÍA, Constantino (1996). Crisis del Aristotelismo y Razón de Estado en España. En: Historia y Comunicación Social, 1996-1, págs. 145-170. Cita en pág. 163
[7] CABRERA DE CÓRDOBA, Luis (1857). Relaciones de las cosas sucedidas en la Corte de España desde 1599 hasta 1614, Madrid. Pág. 273
[8] LINDE, Luis M. (2005). Don Pedro Girón, duque de Osuna. La hegemonía española en Europa a comienzos del siglo XVII. Pág. 55
[9] RODRÍGUEZ VILLA, Antonio (1904). Ambrosio Spínola. Primer marqués de los balbases. Ensayo biográfico por Antonio Rodríguez Villa. Madrid. Págs. 124-132
[10] CABRERA DE CÓRDOBA, Luis (1857). Relaciones de las cosas sucedidas en la Corte de España desde 1599 hasta 1614, Madrid.
[11] Autor de varios libros, entre ellos
Historia de España. 16, Los Austrias Menores: La Monarquia española en el siglo XVII. Págs. 272-273
[12] La población morisca consistía en unas 300.000 personas en un país de unos ocho millones y medio de habitantes.
[13] Muchos otros toman la fecha 4 de abril de 1609. Cf. BORONAT Y BARRACHINA, Pascual  (1901). Los moriscos españoles y su expulsión. Estudio histórico crítico, 2 vols. Valencia,  Tomo II, pág. 155
BENÍTEZ SÁNCHEZ-BLANCO, R. (2004). La odisea del manchego Diego Díaz. En: Los olvidados de la historia. Herejes. Director R. García Cárcel, Barcelona. Círculo de Lectores. Pág. 345
[14] Biblioteca virtual Miguel de Cervantes (2001). Felipe III: (1598-1621).
[15] CERVANTES SAVEEDRA, Miguel de  (2004). Don Quijote de la Mancha. Real Academia Española. Del texto, notas y “Nota al texto”: Francisco Rico. Madrid. Pág. 961
[16] LAPEYRE, Henri  (1986). Geografía de la España morisca. Diputación Provincial de Valencia. pág. 240
[17] ROBRES LLUCH, Ramón (1962). Catálogo y nuevas notas sobre las rectorías que fueron de moriscos en el arzobispado de Valencia y su repoblación (1527 – 1663), Págs. 148
[18] MOLINA TEMPLADO, José David (2001). 1613: Controversi e ineficacia de la expulsión mudéjar. En: IV Curso Abarán: acercamiento a una realidad. Del 4 al 12 de Mayo de 2000. Pág. 7-28
[19] Archivo General de Simancas, Estado, legajo 252. En Archivo Histórico Provincial de Murcia, rollo microfilm 13.
[20]  Archivo General de Simancas, Estado, legajo 251
[21]  JANER, Florencio  (1857). Condición social de los moriscos de España: causas de su expulsión y consecuencia que ésta produjo en el orden económico y político, Madrid, págs. 361-363
[22] MAYANS I SISCAR, Gregorio (1972). Vida de Miguel de Cervantes Saavedra. Espasa-Calpes S.A., Madrid. Pág. 10
[23]  Archivo General de Simancas, Estado, legajo 254f
[24]  PUJALDES, Jeroni (1610). Dietari. Edición (1975-1976) a cura de Josep M. Casas Homs, Barcelona. 4 Tomos.
[25]  Archivo General de Simancas. Estado, legajo 252. En Archivo Histórico Provincial de Murcia, rollo microfilm 13.
[26] Permuta de los sacerdotes de Blanca y Ulea. (Legajo 9337 de Blanca, folio 26. Archivo Histórico Provincial de Murcia)
[27]  DOMINGUEZ ORTIZ, Antonio (1959). Felipe IV y los moriscos. En: Miscelanea de Estudios Árabes y Hebraicos, 1959-III. Págs. 55-65. Cita en págs. 56 y 57
[28] JOHNSON, Carroll B. (2000). Ricote the morisco and Capital formation. En: Cervantes and the Material World. Universidad de Illinois Press, págs. 51-68. Cita en pág. 55 Universidad de Illinois Press
[29]  BENÍTEZ SÁNCHEZ-BLANCO, R. (2004). La odisea del manchego Diego Díaz. En: Los olvidados de la historia. Herejes. Director R. García Cárcel, Barcelona. Círculo de Lectores. Pág. 345
[30]  JANER, Florencio (1857). Condición social de los moriscos de España: causas de su expulsión y consecuencia que ésta produjo en el orden económico y político, Madrid. págs. 274-277
[31] Sugiero consultar también a LEA, Henry Charles (2001). Los moriscos españoles: su conversión y expulsión; Estudio preliminary notas de Rafael Benítez Sánchez-Blanco, Universidad de Alicante, Alicante, Pág. 337. Citado por  DADSON, Trevor J. (2006). Los moriscos de Villarrubia de los Ojos (siglos XVIII). Historia de una minoria asimilada, expulsada y reintegrada. 1328 páginas.  Iberoamericana Vervuert. Pág. 296
[32]  Voto del duque de Lerma en la reunión del Consejo de Estado del 8 de abril de 1617, en BNM, Mss. 5570, «Copias de los pareceres que el Sr. Duque de Lerma ha dado en las consultas que se han hecho  a su Majestad desde le 22 de junio de 1613», fols. 164r-v.  Citado por FEROS, Antonio (2002). El duque de Lerma. Realeza y privanza en la España de Felipe III, Madrid. Pág. 368
[33]  No hace mucho tanto el Estado y la Iglesia eran un freno para la libertad de conciencia y expresión. Falsificación de la historia era el resultado de aquello.
[34] Citado por FEROS, Antonio (2002). El duque de Lerma. Realeza y privanza en la España de Felipe III, Madrid. Págs. 367-368
[35] MÁRQUEZ VILLANUEVA, Francisco (1975). El morisco Ricote o la Hispana razón del Estado. En: Personas y Temas del Quijote Taurus ediciones, págs. 229-335. Cita en pág. 276
[36] Falta saber si realmente era el gobierno el verdadero incitador.
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BIOGRAFÍA

Para parte de mi biografía, haga click en los siguientes enlaces:



In: Cronistas Oficiales de la Región de Murcia


In: Ayuntamiento de Blanca (Murcia)


In: Real Asociación de Cronistas Oficiales

Sobre mí

Govert Westerveld, autor de más de 74 libros, ha sido investigador de mercados extranjeros para nuevos productos, innovador de nuevas aplicaciones de productos existentes y director de marketing y ventas para el mercado extranjero. Actualmente es Historiador, Investigador y Cronista Oficial de la villa de Blanca (Murcia), Académico de la Real Academia de Alfonso X el Sabio en Murcia. Miembro de la Real Asociación Española de Cronistas Oficiales. También Miembro de la Asociación Internacional de Hispanistas y miembro de la Asociación de Hispanistas del Benelux, así como Historiador Oficial de la Federación Mundial del Juego de Damas, y Miembro de la Comisión de Historia de la Federación Española de Ajedrez.

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Castillo de Blanca

Castillo de Blanca
Después de la experiencia de Barataria, Sancho Panza se ha vuelto verdadero protagonista: ello y las adversidades sufridas han moldeado su personalidad, así que aun más resulta personaje de vital importancia a la trama. Durante el viaje en busca de don Quijote, encuentra a un grupo de peregrinos alemanes, entre los cuales, disfrazado también de peregrino, anda un viejo amigo suyo, el tendero Ricote, que, como todos los españoles moriscos, ha sufrido el destierro impuesto por el rey Felipe III. El alma del exiliado se abre a la vista de una cara amiga. El regreso del morisco sorprende e inquieta a Sancho, preocupado por la misma incolumidad de su antiguo vecino y amigo.

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